Pninei Halajá

21) Tumbas judías

Una de las vistas que más sacuden al alma es la de tumbas, visión que despierta en el hombre reflexiones respecto de su finitud y la brevedad de sus días. A los efectos de ordenar los pensamientos y enfocarlos correctamente nuestros sabios establecieron que quien divisa sepulturas de Israel bendiga: «Baruj Atá Ad-onai Eloh-einu Melej Haolám Asher Yatzar Etjem Badín, VeZan Etjem Badín Vejilkel Etjem Badín, Vehejiá Etjem Badín Veasaf Etjem Badín Veiodea Mispar Kuljem Veatid Lehajaiotjem Badín LeJaiei Haolám Habá, Baruj Atá Ad-onai Mejaié Hametim» («…que os creó con justicia, os alimentó y proveyó de sustento  con justicia, os mantuvo vivos con justicia y os hizo fallecer con justicia; sabe cuántos sois vosotros y en el futuro os revivirá con justicia para la vida del Mundo Venidero. Bendito eres Tú que revives a los muertos»). Tras recitar esta bendición algunos acostumbran continuar con palabras extraídas del texto del rezo de la Amidá: «Atá Guibor…» («Tú eres poderoso») hasta «Veneemán Atá Lehajaiot Metim» («eres fidedigno de revivir a los muertos») sin concluir la bendición.

Se recita esta bendición únicamente si se ven al menos dos tumbas, ya que el texto de la misma se refiere a una circunstancia en la que se ven un número plural de estas (Mishná Berurá 224:16).

Quien ve tumbas de malvados o idólatras dice (Irmiahu-Jeremías 50:12): «Que se avergüence grandemente vuestra madre, aquella que os dio a luz, ya que el destino de las naciones malvadas es un páramo desierto y seco» (Shulján Aruj 224:12).

Quien ya vio estas tumbas dentro de los treinta días – no bendecirá al verlas (ver halajá 1 en cuanto al cálculo de los días). Empero, quien ve que en el cementerio se sumó una tumba o si avista otro cementerio, aunque no hayan pasado treinta días – habrá de bendecir. Quien tiene pensado visitar en un mismo día varios cementerios es correcto que al recitar la bendición en el primero tenga la intención de incluir a los otros que visitará posteriormente. Si al día siguiente visita otros cementerios deberá volver a bendecir pues la bendición recitada un día no mantiene vigencia para el siguiente (Betzel Hajojmá 5:84, Birkat HaShem IV 4:42-43).

Una persona que está por ingresar a un cementerio es mejor que bendiga en la entrada al mismo, para que así la bendición guíe sus pensamientos y sentimientos durante la visita.  Si no bendijo al entrar, mientras continúe viendo las tumbas – deberá hacerlo. Incluso quien divisa a lo lejos las tumbas, si las ve nítidamente y las contempla – debe bendecir (Aruj HaShulján 224:8). Quienes viajan por las carreteras rumbo a sus asuntos personales y pasan junto a un cementerio, si contemplan las tumbas y piensan en los difuntos – deben bendecir. Todos los demás viajeros que no contemplan las tumbas – no tienen que bendecir. Si luego, dentro de los treinta días habrán de ingresar al mismo cementerio que divisaron desde la carretera sin prestar debida atención – deben bendecir.

Asimismo, quien ve un cementerio en Shabat o en Yom Tov – debe bendecir. Si bien en estos días no se recita el «Tziduk Hadín» (justificación del decreto Divino), esta bendición no entra en esa categoría (Responsa Rabí Iehudá Assad Ioré Deá 371, Ohaleja Baamiteja 18:3).

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