Shabat

02- Se permite seleccionar un alimento como forma de ingestión, pero se prohíbe hacerlo como labor.

La regla más importante en las leyes de la selección («Borer») es la diferencia que se establece entre seleccionar como labor y seleccionar como forma de preparación de alimentos que se han de consumir de inmediato. La Torá prohíbe la labor de separar el alimento del residuo, mas tomar el alimento del residuo del modo habitual de consumo está permitido a priori.

Por ejemplo, quien tiene maníes o cacahuates mezclados con trozos de cáscara no tiene que ingerirlos así. Puede tomarlos de entre el conjunto de la mezcla y comerlos sin que se considere que se realizó la labor de seleccionar, pues esa es la forma de ingestión. El permiso no sólo incluye la posibilidad de tomar un maní o cacahuate e ingerirlo sino que está permitido servirse varios de entre las cáscaras, colocarlos en un plato y luego pasar a la mesa para allí consumirlos, pues esa es la forma habitual de hacerlo. Incluso está permitido seleccionar para otros, por lo que una persona tiene permitido servirse muchos maníes o cacahuates de entres sus cáscaras y hasta abrir otros para servirlos a sus amigos.

A los efectos de que la selección que se realiza en Shabat se considere como la forma normal de consumo de los alimentos se tienen que cumplir tres condiciones: a) Que se tome el alimento y se deje el residuo, pues así se come normalmente; pero en caso de que se proceda al revés (que se tome el residuo y deje se el alimento) se estaría realizando la labor de seleccionado (ver inciso 6); b) Que se tome el alimento con la mano tal como se acostumbra a hacer para su ingestión y no mediante un utensilio destinado al filtrado o seleccionado (ver adelante inciso 7); c) Que la preparación se lleve a cabo inmediatamente antes de su consumo; en caso de que se seleccione mucho antes del momento de sentarse a comer se estaría realizando la labor de selección (ver adelante inciso 6).

Cuando se cumplen las tres condiciones queda claro que el individuo en cuestión se está ocupando de la preparación de sus alimentos, empero cuando una de las tres condiciones no se cumple nos encontramos ante la labor de selección prohibida por la Torá en Shabat.

Volviendo al ejemplo anterior, quien tiene maníes o cacahuates mezclados con sus cáscaras tiene permitido tomar los primeros e ingerirlos, pues se cumplen las tres condiciones antes mencionadas: a) Toma el alimento dejando el residuo, b) Lo hace con su mano, c) Realiza la acción a los efectos de consumirlos de inmediato.

En cambio, quien retira las cáscaras para así preparar los maníes para su consumo, por cuanto que quitó el residuo dejando el alimento de un modo similar a la labor original de seleccionar, estará trasgrediendo la prohibición de la Torá. Asimismo, si retira los maníes o cacahuates de entre las cáscaras para consumirlos mucho después, por cuanto que no lo hace para consumo inmediato se tratará de una labor de selección que trasgrede la prohibición de la Torá. Si se inventase un aparato o herramienta que ayude a seleccionar los maníes o cacahuates descartando sus cáscaras, estaría prohibido emplearlo en Shabat aunque sea para consumirlos de inmediato.

03- Dos tipos diferentes de alimento que están mezclados.

La prohibición de seleccionar abarca también la separación de dos alimentos mezclados. Aunque ambos alimentos sean aptos para ser consumidos, dado que son de diferentes tipos y la persona en cuestión tiene interés en que estén separados, resulta que considera cada alimento como residuo respecto del otro y por lo tanto al separarlos los está mejorando («metakén»); por ende trasgrede la prohibición de seleccionar (Shulján Aruj 319:3, Beur Halajá לאכול).

Por lo tanto, quien tiene ante sí una mezcla de nueces y almendras y quiere ingerir únicamente las primeras, estas pasan a ser consideradas alimento al tiempo que las almendras pasan a ser consideradas residuo. En este caso se permite tomar las nueces para ingerirlas de inmediato, pues esa es la forma habitual de consumo. Empero, si retira las almendras estaría seleccionando, lo cual está prohibido por la Torá. En caso de que se quiera servir a los invitados las nueces y las almendras por separado, ambas pasan a ser consideradas alimento, por lo que se pueden separar unas de otras para ser servidas de inmediato a los comensales. Empero está prohibido separarlas para servirlas tiempo después (Beur Halajá 319:3 היו לפניו).

Si hay diferencia en el sabor se considera al producto como especie separada, por lo tanto si hay trozos de carne asada mezclados con trozos de carne cocida o trozos de pollo mezclados con trozos de pavo, se las consideran dos especies que estará prohibido separar. En cambio, si todos los trozos de carne son del mismo tipo habiendo algunos más pequeños y otros mayores – no hay prohibición de separar unos de otros (Ramá 319:3 según Terumat HaDeshen).

04- La prohibición recae únicamente sobre las mezclas.

La prohibición de seleccionar existe únicamente cuando hay dos especies diferentes mezcladas, mas si éstas están colocadas una al lado de la otra no hay prohibición de separarlas. A modo de ejemplo, cuando hay nueces y maníes o  cacahuates mezclados y la persona quiere comer de inmediato las nueces, podrá retirarlas de la mezcla pero no podrá retirar los maníes para quedarse solo con las nueces. Empero, si maníes y nueces están colocados uno junto al otro estará permitido retirar todos los maníes para servir las nueces, ya que como no estaban mezclados, al separarlos no se trasgrede la prohibición de seleccionar.

Trozos de pescado de diferentes tipos que están mezclados, están sujetos a la prohibición de seleccionar, por lo que se puede retirar de la mezcla los trozos que se desea comer de inmediato, estando prohibido retirar de la mezcla los trozos que no se desean. Aunque los trozos sean grandes, si están mezclados unos con otros es necesario esmerarse en encontrar los trozos deseados, por lo que estamos ante un caso de selección. En cambio, si los trozos que se desean ingerir están situados en la sección inferior de la mezcla se permite retirar los superiores para tomar los inferiores, ya que como están ordenados una especie arriba y otra abajo – el separarlas no se considera un acto de selección (Ramá 319:3, Beur Halajá לאכול מיד, ver Shmirat Shabat Kehiljatá 3 nota 7).

Cuando se tienen manzanas y naranjas en un mismo recipiente, si se trata de pocas frutas, por cuanto que son grandes no se las considera mezcladas y se las pueden separar unas de otras. En cambio, si son numerosas, se las considera mezcladas y recaen sobre estas las reglas de la labor de seleccionar en cuanto a que no se las puede separar si no es mediante las reglas antes mencionadas; esto es, tomando las frutas que se desea ingerir de inmediato.

En el caso de una sopa que contiene pequeños trozos de pollo o verduras, dado que son de tamaño menor y quien quiera retirarlos debe esmerarse, recaen sobre estos las reglas de la labor de seleccionar. Esto es, pueden ser retirados de la sopa a los efectos de ser ingeridos de inmediato, mas está prohibido retirarlos a los efectos de tomar la sopa o para ingerirlos más tarde. En cambio, si los trozos de carne de la sopa son de un tamaño mayor, por cuanto que no es necesario esmerarse a los efectos de encontrarlos, no se los considera mezclados en la sopa y no recae sobre estos la prohibición de seleccionar. Por lo tanto, está permitido retirarlos de la sopa para tomarla sola o retirarlos para ingerirlos más tarde. Esta regla se aplica también para los «kneidlaj» («matzo balls«) o «kube» que se encuentran en un caldo límpido a los cuales no se los considera como mezclados con la sopa.

05- La prohibición de separar residuo del alimento.

Tal como vimos, la forma habitual de comer es tomar el alimento para ingerirlo de inmediato, mientras que quien toma el residuo separándolo del alimento trasgrede la prohibición de seleccionar.

También cuando el residuo es escaso y sencillo de retirar de la mezcla, quien lo hace trasgrede la prohibición de seleccionar. Por ejemplo, si una cáscara de huevo cae dentro de una ensalada de huevo, no se la puede retirar sola ya que no se debe retirar residuo del alimento, sino que se lo debe retirar junto a un poco de la ensalada. Dado que se puede comer la parte del huevo que se encuentra junto al trozo de cáscara, esta última adquiere importancia por lo que quien la retira está separando un alimento de otro – lo cual no se prohíbe. En caso de que se caiga una semilla de limón dentro de la ensalada no se la ha de retirar sola, mas se la podrá quitar junto a un poco de la ensalada (ver a continuación el inciso 15 en lo referente a cómo se retira un insecto de un guisado).

Quien tiene un racimo de uvas, algunas de las cuales son buenas y otras malas, no podrá retirar las últimas sino que a la hora de comer habrá de tomar las uvas buenas.

En el caso de quien le disgusta comer cebolla y le sirvieron una ensalada mixta, no podrá retirar los trozos de cebolla pues para él son residuo, pudiendo sí ingerir aquello de la mezcla que le guste dejando los trozos indeseados en el plato. Si en el lugar se encuentra una persona amiga que está dispuesta a ingerir los trozos de cebolla en cuestión, se los puede retirar para que el amigo los coma de inmediato ya que de esa forma se los considera alimento y no residuo (Shmirat Shabat Kehiljatá 3:23.24).

Asimismo, en el caso de que a alguien no le gusten los hongos y le sirvieron una sopa que los contiene, no los podrá retirar. Incluso aunque retire cada vez en cada cucharada hongos con un poco de sopa, dado que deben retirar muchos hongos cada vez, se le considera que separa residuo de alimento y trasgrede la prohibición sabática de seleccionar (ver adelante inciso 18). Si a su compañero le gustan los hongos y está dispuesto a comerlos de inmediato –  se los podrá retirar del plato y pasárselos.

06- Selección para consumo inmediato.

Tal como vimos en el inciso 2 está prohibido seleccionar en carácter de labor, tal como se realiza normalmente. Sin embargo, si se trata de una selección a los efectos de consumir un alimento de inmediato, no se trata de la realización de la labor prohibida original pues así solemos comer. Por lo tanto, una persona que quiere partir unas nueces para consumo inmediato de su familia puede hacerlo. Si planea servir las nueces más tarde, por la Torá estará prohibido hacerlo pues estaremos ante la realización de la labor de seleccionar. De la misma forma, quien tiene ante sí una mezcla de semillas o pepitas blancas (calabaza) y negras (girasol) y quiere ingerir de las últimas, si las selecciona para ingerirlas más tarde estará trasgrediendo la prohibición de la Torá, pero si las va a comer de inmediato puede retirar de la mezcla las semillas o pepitas que desea.

Una mujer que está ocupada en la preparación de la comida tiene permitido seleccionarla tanto para su familia como para los invitados. Por ejemplo, quien tiene ante sí una mezcla de maníes o cacahuates y almendras y desea servir únicamente las últimas, tiene permitido retirarlas de la mezcla antes de la comida y colocarlas en un plato para servirlo al final de la misma. Incluso si la comida se estira por tres horas, dado que preparó el plato con las almendras poco antes del inicio de la misma tal como se acostumbra a hacer, se considera que retiró las almendras de la mezcla de la manera que se acostumbra a comer y no bajo forma de labor.

Lo principal es que el alimento sea retirado de la mezcla poco antes de la comida, esto es, en el tiempo que se acostumbra a prepararla. Empero, si la persona en cuestión separa las almendras de la mezcla antes de este plazo prudencial, estará trasgrediendo la prohibición de seleccionar. Todo depende de la envergadura de la comida y la cantidad de invitados, pues no se aplica el mismo criterio cuando se trata de cinco o de treinta comensales o cuando el menú incluye uno o tres platos diferentes.

En el caso de la señora que no sabe cuándo habrán de volver sus familiares de la sinagoga, tendrá permitido adelantar un poco los preparativos de la comida a los efectos de evitar que los comensales tengan que esperarla. Empero debe tener cuidado de no adelantarse más del tiempo necesario para los preparativos de la comida.

Quien tuvo la intención de seleccionar alimento de residuo para servirlo en la comida cercana y al final sobró de lo seleccionado para la siguiente, no cometió falta alguna siempre y cuando no haya preparado, a priori, para ambas comidas (Shulján Aruj Harav  319:3, Mishná Berurá 5).

07- Seleccionar manualmente y no por medio de herramientas.

Tal como vimos en el inciso 2, está permitido retirar alimento del residuo de la manera que se acostumbra a comer, siendo una de las tres condiciones para que esto se pueda hacer, el que la selección se lleve a cabo manualmente y no por medio de herramientas destinadas a seleccionar. Por ejemplo, quien tiene una mezcla de semillas o pepitas peladas y sus cáscaras, aunque desee ingerirlas de inmediato no podrá filtrarlas por medio de una red que deja pasar las semillas o pepitas y retiene las cáscaras, pues en este caso se está haciendo uso de una herramienta.

La cuchara y el tenedor no son herramientas destinadas a seleccionar sino a ayudar a sostener el alimento para el comensal, por lo que está permitido retirar con estos lo que se desea ingerir y colocarlo en el plato para consumirlo de inmediato.

Está prohibido quitar los carozos de la aceituna por medio de un aparato especial para este fin, pues al hacerlo se está empleando una herramienta destinada a seleccionar (Shmirat Shabat Kehiljatá 3:59).

En muchos saleros se agregan granos de arroz a los efectos de que absorban la humedad de la sal, evitando así la formación de grumos. Si bien los orificios del salero son pequeños y sólo la sal puede salir a través de estos, se los puede usar en Shabat ya que no se considera al salero una herramienta destinada a seleccionar, sino un utensilio destinado a verter sal con una dispersión determinada. La prueba es que de no haber granos de arroz en su interior, igualmente haríamos uso de saleros (ver en el inciso 8 en lo referente al pelar o mondar y en el inciso 13 en lo referente al cucharón con orificios y la selección mediante el cucharón y en el inciso 14 e respecto al sobre de té).

08- Retirar cáscaras y carozos.

Está permitido retirar la cáscara de un fruto a los efectos de ingerirlo. Si bien quitar la cáscara se asemeja a retirar el residuo del alimento, esto no está prohibido por cuanto que así es como se ingiere un fruto que no viene ya pelado. Por lo tanto, está permitido pelar ajos, cebollas, nueces, pomelos o toronjas, bananas o plátanos, naranjas etc. siempre y cuando se los pele para su consumo inmediato, empero, si se los pela para ser consumidos más tarde, esto estará prohibido por cuanto que esta es la forma original de realizar la labor (Ramá 321:19). A los efectos de comer los frutos de inmediato se permite retirar la cáscara con un cuchillo, pues este es un utensilio destinado a ayudar a la mano de la manera que se acostumbra a comer y no bajo la forma de labor (ver Igrot Moshé Oraj Jaím 1:124).

Quien ingiere una ciruela, al llegar al carozo puede botarlo y seguir comiendo. Quien ingiere un dátil, puede abrirlo, retirar el carozo (a los efectos de revisar si contiene gusanos), tirarlo y después comerlo (Mishná Berurá 321:84).

Quien abre un melón para ingerirlo de inmediato puede arrojar todas las semillas o pepitas, pues retirarlas se asemeja a pelar la cáscara. Asimismo, está permitido pelar o quitar la cáscara de un melón o una sandía poco antes de ingerirlos. De la misma manera, está permitido quitar el cabo que viene unido al fruto poco antes de ingerirlo (Shmirat Shabat Kehiljatá 3:18, 37-39, ver adelante en el inciso 10 que está permitido quitar las semillas de la sandía antes de su consumo).

Los juristas debatieron respecto de ciertas frutas y verduras cuyas cáscaras son comestibles como en el caso de las manzanas, peras, pepinos y zanahorias, si el pelarlas implica o no trasgredir la prohibición de seleccionar. Hay quienes opinan que dado que la cáscara es comestible no estamos ante un acto de selección, sino que la acción se asemeja a partir un fruto en dos partes, por lo que se pueden pelar para ser ingeridos más tarde mediante un pelador. Otros juristas opinan que por cuanto que no deseo la cáscara ésta se transforma ante mis ojos en residuo por lo que recaen sobre esta las reglas de la prohibición de seleccionar. Si así fuera, no se podrá emplear un pelador empero se podrán pelar con cuchillo para su consumo inmediato. Quien quiera optar por la opinión más flexible tiene en quien respaldarse.

09- Huesos en la carne y espinas en el pescado.

Quien come pescado con espinas puede retirarlas mientras lo ingiere. Esto significa que puede comenzar a comer del pescado, y cuando llegue a las espinas que le molestan puede retirarlas con la mano o con el tenedor y seguir comiendo. Otro tanto ocurre con la carne con huesos, se come de la misma y al llegar al hueso en cuestión se lo retira con la mano o el tenedor y se continúa comiendo. En el caso de un niño pequeño, se pueden retirar los huesos o espinas antes, y luego darle de comer el pescado o la carne como de costumbre.

Sin embargo, algunos juristas son más estrictos a este respecto y consideran que está prohibido retirar huesos de  la carne o espinas del pescado pues está prohibido retirar residuo de la comida, por lo que corresponde retirar la carne o pescado dejando el hueso o las espinas. De todas maneras, la halajá básica o principal es de acuerdo a la idea más flexible que permite retirar el hueso de la carne o la espina del pescado, pues esta es la forma habitual de consumirlos. Sin embargo, en el caso de huesos secos mezclados con el guisado, como no tienen carne adherida son considerados como residuo común que no se puede retirar del alimento, sino que se deberá comer el alimento y dejarlos en el plato (Beur Halajá 319:4, hacia el final del comentario מתוך, Ben Ish Jai Segundo Año Beshalaj 11).

10- Retirando semillas o pepitas en mal estado de sandía u otras frutas.

Quien corta una sandía puede sacudir los trozos para quitarles las semillas o pepitas, y luego podrá retirar con la mano o con un cuchillo las semillas que hayan quedado adheridas pues esta es la forma habitual de ingerir el fruto, a condición de que se haga inmediatamente antes de su consumo. A priori, es mejor retirar las semillas de un modo diferente al habitual (Ben Ish Jai Segundo Año Beshalaj 7). Hay juristas más estrictos que ordenan llevarse el trozo de sandía a la boca y de allí retirar las pepitas (Jazón Ish 54:1). Empero en la práctica, la mayoría de los juristas opina que se pueden quitar las semillas o pepitas antes de llevarse la sandía a la boca, pues esta es la forma habitual de consumirla.

Quien tiene delante de sí un plato en el cual están mezcladas frutas buenas y frutas que comenzaron a echarse a perder, podrá retirar de la mezcla todas las frutas que tiene intención de consumir o aquellas que habrá de servir a los invitados en la comida más inmediata (Mishná Berurá 319:7).

Si no se tiene la intención de comer todas las frutas que están en buen estado y se teme que las estropeadas arruinen a las buenas, se podrá esparcir todas las frutas sobre una superficie a los efectos de que las podridas no toquen a las buenas y no las arruinen, mas no se podrá colocar a las buenas de un lado y a las malas del otro.

Un fruto que se echa a perder parcialmente al punto que no es del todo comestible, tiene una mezcla en el punto de contacto entre la parte buena y la descompuesta. En este caso estará prohibido cortar el trozo malo y retirarlo pues estaremos retirando el residuo del alimento. La recomendación nuestra es que junto al trozo en mal estado retire algo de la parte buena.

11- Filtrado de líquidos.

El filtrado de líquidos puede representar una trasgresión a la prohibición de la Torá de no seleccionar, y todo depende del tipo de bebida. Si la bebida tiene residuo y sin filtrarla no se puede beber, el filtrado pasa a ser una labor que habilita al líquido y lo hace apto para el consumo, por lo que quien la filtra trasgrede una prohibición de la Torá. Si la bebida se puede beber sin filtrar se la podrá pasar por un colador, y si bien esta acción la mejora un poco, estará permitido hacerlo ya que este cambio no implica una alteración esencial en la bebida en cuestión.

En situaciones intermedias en las que la bebida está turbia y de no mediar filtrado la mayoría de las personas no acostumbran a beberla, salvo en el caso de una emergencia, está prohibido filtrarla con un colador. Los juristas discutieron respecto de si se podría o no, en un caso así, filtrar el agua de un modo no habitual mediante una tela. La mayoría de los juristas medievales opina que sí, empero según Rambám esto está prohibido. Los juristas de las últimas generaciones- «Ajaronim» -son de la opinión de que es bueno ser estrictos en esta cuestión al igual que Rambám (Shulján Aruj 319:10, Mishná Berurá 42).

Por lo tanto, levaduras que están mezcladas con vino no se pueden filtrar para extraer de estas el vino, ya que en su estado inicial no son aptas para el consumo y si se filtran se trasgrede una prohibición de la Torá (Shulján Aruj  319:9, Mishná Berurá 32). Si el vino no está suficientemente límpido, al punto de que las personas comunes no están acostumbradas a beberlo así pudiéndose ingerir a duras penas, no se lo podrá filtrar ni con colador ni con tela. Sin embargo, si el vino está apto para ser consumido se lo puede filtrar y hacerlo más límpido, ya que previo al filtrado ya era bebible por lo que colarlo no se considera una labor.

Un jugo de naranjas que contiene pulpa se podrá colar ya que la mayoría de las personas acostumbran a beberlo sin filtrado.

Asimismo, se permite en Shabat abrir una canilla o llave que tiene instalado un filtro o colador, o tomar agua de un utensilio que la coló o filtró, ya que previo al filtrado el agua era apta para beber, por lo que su filtrado no se considera labor.

12- Separando la sopa de los trozos de alimento que esta contiene.

En el caso de una sopa que tiene mezclado trozos pequeños de fideos o verduras, no se la podrá colar. Si bien tanto el caldo limpio como los trozos de pasta y verduras – son aptos para el consumo, vimos ya en el inciso 3 que no se pueden separar dos tipos diferentes de alimento uno del otro. Tal como vimos en el inciso 2, para que la separación se considere como su forma habitual de consumo se deben cumplir tres condiciones: a) que se retire el alimento del residuo tal que lo que se va a consumir de inmediato se considere comida; b) que se tome el alimento con la mano, cuchara o tenedor y no con una herramienta destinada a seleccionar; c) que se tome alimento para su inmediato consumo.

Por lo tanto, quien quiera ingerir de inmediato la sopa sin las verduras, a la primera la considera alimento y a las segundas residuo. En un caso así se podrá inclinar la olla de modo tal que se sirva el caldo sin las verduras, y si bien el caldo se desprende de la mezcla no estamos ante una prohibición ya que se está retirando comida del residuo. Empero, no se podrá hacer esto mediante un colador ni otro utensilio no destinado a filtrar como el caso de una cuchara o un tenedor. Asimismo, está prohibido acercar la tapa a la olla dejando una ranura fina por la cual pueda pasar únicamente el caldo. Sí se puede introducir un cucharón a la olla de modo tal que sólo el caldo ingrese al mismo, pues esa es la forma habitual de retirar la sopa de la olla, y por ende no se considera filtrado o colado mediante una herramienta.

En caso de que lo que se desee ingerir de la sopa sean las verduras o la pasta y no el caldo, no se permite inclinar la olla de modo tal que se vierta el líquido, ya que de esa manera se está retirando el residuo del alimento aunque se  tenga la intención de ingerir las verduras o la pasta de inmediato. Empero, se puede introducir el cucharón en la olla y sacarlo pegado a la pared de la misma tal que el líquido se va escurriendo  y las verduras permanecen en su interior, pues de esta manera no se está seleccionando sino retirando alimento. Empero una vez que se terminó de elevar el cucharón no se ha de verter del mismo el caldo sobrante a la olla, pues de esa manera se separa residuo de alimento.

Cuando las verduras y los fideos están en el fondo de la olla y arriba está el caldo límpido no se considera que ambos estén mezclados, por lo que quien quiera tomar únicamente verduras puede retirar el caldo superior con un cucharón  o inclinar la olla y volcarlo. Una vez que se terminó de verter el caldo límpido que estaba sobre las verduras, no se puede seguir inclinando la olla para retirar el caldo que sí está mezclado con estas.

13- Otras reglas referentes a la separación de líquidos en alimentos.

Al abrirse una lata de pepinos en vinagre no se considera a estos mezclados con el líquido ya que son grandes, por lo que se puede verter el líquido. En cambio, si la lata de conservas contiene maíz o choclo, arvejas o chícharos, por cuanto que son pequeños se los considera mezclados con el líquido por lo que no puede ser vertido. Asimismo, está prohibido drenar el aceite de una lata de atún. Si se quiere servir en Shabat atún sin aceite, se debe retirar el pescado de la lata mediante una cuchara y colocarlo en otro plato pues de esta manera se separa el alimento del residuo para consumo inmediato.

En el caso de las aceitunas en agua con sal, se presenta la duda si considerarlas mezcladas o no con el líquido, lo cual define si recae sobre estas la prohibición de seleccionar. Dado que se trata de una duda respecto de una prohibición de la Torá se debe aplicar el criterio más riguroso, por lo que estará prohibido verter el agua salada de la lata para quedarse con las aceitunas, y además estará prohibido emplear un utensilio especial destinado a subir o extraer las aceitunas de la mezcla. En este caso, se permite retirar las aceitunas del agua salada mediante un tenedor o una cuchara para consumo inmediato.

Ya vimos en el inciso 4 que en el caso de una sopa que contiene trozos grandes de carne o verduras, éstos no se consideran mezclados con el caldo por efecto de su tamaño, por lo que se les puede retirar de la olla para ingerirlos tiempo después (consumo no inmediato). Asimismo, se permite retirar estos trozos mediante tenedor, cuchara y hasta un cucharón con orificios ya que no recae sobre la carne o las verduras la prohibición de seleccionar. Sin embargo, si los trozos de carne o verdura son pequeños se los considera mezclados con el caldo, por lo que deben ser retirados de la olla mediante una cuchara normal o un cucharón de sopa, mas no mediante un cucharón con orificios, ya que en ese caso se estarían seleccionando los trozos de la sopa mediante una herramienta o utensilio destinados a ese fin. Si se carece de otro utensilio – se podrá retirar los trozos pequeños mediante un cucharón con orificios, a condición de que no se tenga la intención de separar la sopa de los trozos y no mantenga el cucharón en cuestión sobre la olla a los efectos de drenar el líquido (Shmirat Shabat Kehiljatá 3:58).

Se permite verter sopa mezclada con restos de comida  en una pileta o fregadero que tienen un filtro en el desagüe. Si bien el filtro en cuestión habrá de retener los restos de alimento, no estamos trasgrediendo la prohibición por cuanto que la labor de seleccionar implica separar alimento de residuo y en este caso no tenemos la menor intención de utilizar ni e l caldo ni los restos de alimento siendo todo residuo (Shmirat Shabat Kehiljatá 12:17).

14- Tetera y sobrecito de té.

La tetera es un recipiente en el cual se cocinan hojas de té a los efectos de preparar un extracto líquido de la infusión. En el pico de la tetera hay un colador que evita que las hojas de té se viertan libremente al vaso. Cuando las hojas se decantan en el fondo de la tetera y encima queda extracto líquido límpido, es claro que este último se puede verter libremente al vaso. Hay juristas que opinan que no se debe verter el líquido vía el pico de la tetera cuando el extracto y las hojas están mezclados, pues el colador que hay en éste filtra el líquido separándolo de las hojas.  Hay otros juristas que permiten hacerlo de esta manera. Dado que se puede agregar fácilmente agua caliente a la tetera (de un segundo recipiente) de modo tal que haya en esta abundante agua no mezclada con las hojas de té, es mejor proceder de esta manera y abstenerse de ingresar en área de duda de trasgresión de la prohibición de seleccionar. Cuando no existe la posibilidad de agregar agua se puede, a posteriori, verter el extracto de té vía el pico de la tetera.

Está permitido preparar una infusión ingresando un sobre de té a un vaso de agua caliente (en tercer recipiente como se vio arriba en el capítulo 10 inciso 8). Al retirar el sobre de té es necesario tener cuidado de no mantenerlo sobre el vaso para que gotee sobre este pues hay juristas que consideran al sobre como un colador que evita que las hojas de té que se encuentran en su interior salgan, por lo que se estaría seleccionando mediante un utensilio el extracto de las hojas (ver inciso 7). Lo correcto es retirar el sobre del vaso y colocarlo enseguida en el bote de la basura o en otro vaso. Los más estrictos acostumbran a retirar el sobre o saco de té mediante una cuchara de modo tal de retirar junto a este un poco de infusión (ver Shmirat Shabat Kehiljatá 3:64).

15- Extracción de insectos de la comida y otras reglas.

Si un insecto cae en un vaso de té y flota, hay juristas que permiten retirarlo solo y hay otros más estrictos que consideran que esto está prohibido porque se trasgrede la prohibición de seleccionar al retirar o separar residuo de la comida. Es correcto ser estricto cuando el insecto flota y retirarlo con una cuchara de modo tal que se retire también algo de líquido, o inclinar el vaso tal que se vierta un poco de líquido junto con el insecto.

Lo mismo ocurre en el caso de un insecto que cae en un plato de sopa o guisado, se lo puede retirar con una cuchara junto a un poco de alimento. Empero, si cayeron varios insectos sobre la sopa o el guisado no se los puede retirar con un poco de alimento, ya que queda a las claras que la intención es retirar el residuo al tiempo que el alimento en la cuchara resulta secundario por lo que se estaría retirando residuo del alimento, lo cual trasgrede la prohibición sabática de seleccionar. En un caso así, la solución es retirar mucha comida junto al insecto, por ejemplo, mediante un vaso en el caso de la sopa, de modo tal que el insecto pase a resultar secundario respecto de la comida extraída, con lo cual se está separando comida de comida lo cual está permitido.

Se permite enjuagar con agua aquellas frutas a las cuales se les adhirió tierra para consumo inmediato, empero está prohibido poner frutas en remojo para que el barro se desprenda de las mismas y se decante.

16- Utensilios, juguetes, cubiertos y libros.

La prohibición de seleccionar aplica no solo a alimentos sino a todos los objetos, tales como libros, utensilios y prendas de vestir (Taz, Mishná Berurá 319:15). Todas las reglas que se aplican a la selección de alimentos tienen vigencia para cualquier tipo de mezcla. Esto implica que se puede tomar de un montón de objetos aquél que se necesita utilizar de inmediato, pues se retira del modo habitual de empleo del objeto y no de un modo que rememora la labor de selección propiamente dicha. Este objeto se puede retirar si es para uso inmediato, y estará prohibido hacerlo para uso diferido. Asimismo, se prohíbe clasificar mezclas y demás está decir que está prohibido retirar del montón de objetos aquellos que no estamos interesados en utilizar.

Por ejemplo, niños que mezclaron dos tipos de juegos de cubos, no se les puede separar un set del otro. Empero si ellos quieren ahora jugar con uno de los sets, está permitido tomarlo del montón ya que se está ante una clasificación que no tiene formato de labor sino de juego, pues al iniciarse una partida de un juego cualquiera se toman las piezas del mismo.

En el caso de los cuchillos, cucharas y tenedores que se mezclaron, estamos ante una prohibición de seleccionar aunque los utensilios sean grandes y las diferencias entre uno y otro sean notorias, ya que al ser numerosos se los considera revueltos. Por lo tanto, está prohibido clasificarlos separando cada tipo, pero una vez lavados, se los puede secar cada utensilio por separado y colocarlo en su cajón correspondiente, ya que en este caso no se está seleccionando cada utensilio que se retira sino que se los va tomando al azar para secarlos, y una vez que el utensilio está en la mano se lo puede colocar en su sitio.

Antes de la comida está permitido tomar los cubiertos mezclados y colocar al lado de cada plato el set correspondiente, ya que esta labor no se realiza bajo formato de clasificación sino bajo el modo habitual de colocar la mesa. Esto es así siempre y cuando se pongan los cubiertos poco antes de sentarse a comer.

Se puede trasgredir la prohibición de seleccionar también con libros, como cuando se mezclan varios «jumashim» en una pila y el encargado de la sinagoga quiere repartir a los fieles el tomo de la Torá que se ha de leer en público. En este caso, mucho antes de que comience el servicio no podrá extraer de la pila de libros aquellos que no sirven o aquellos que sirven. Empero, poco antes estará permitido ya que la acción no se realiza bajo el formato de selección sino que se toman libros para estudiar tal como se hace habitualmente.

Libros que están colocados sobre un estante no se consideran mezclados, por lo que está permitido escoger y retirar libros para estudiarlos horas después. Quien estudió de muchos libros puede devolverlos al armario en Shabat a los efectos de hacer orden. Por cuanto que está devolviendo los que estudió puede devolver cualquier otro libro a su sitio original (Rabí Shlomo Zalman Oierbaj en Shmirat Shabat Kehiljatá 3, comentarios 220 y 239).

17- Trillar.

La labor de «trillar» consiste en separar los granos de trigo de las espigas mediante una herramienta apropiada o un animal (ver inciso 1). Quien desprende manualmente los granos de las espigas  no trasgrede la prohibición de la Torá, ya que trillar a mano y no con una herramienta no es el modo habitual de hacerlo. Sin embargo, los sabios prohibieron trillar a mano  pues en la práctica se separan («Mefarek«) los granos de la espiga.  La prohibición rabínica aplica siempre y cuando se haga a mano y del modo habitual, pero si se quiere ingerir granos de trigo húmedos, se permite desprender los granos manualmente de un modo diferente al habitual, esto es con las puntas de los dedos y no con las palmas de las manos.

El trillado no está prohibido únicamente en la cosecha, sino que toda acción de separación de un alimento de su origen entra en la prohibición de trillar. Por lo tanto, está prohibido extraer arvejas o chícharos de sus vainas. Si esta acción se lleva a cabo mediante la técnica empleada en el procesamiento industrial y al por mayor – se trasgrede la prohibición de la Torá; mientras que si se esta acción se realiza a mano se trasgrede la prohibición de los sabios, permitiéndose desprender una legumbre de su vaina a mano y de un modo diferente al habitual («shinui»). Si las vainas de los chícharos o arvejas están verdes y son aptas para el consumo se pueden extraer las legumbres de la manera habitual, ya que la prohibición de trillar aplica solamente cuando la cáscara no es comestible (Mishná Berurá 319:21).

La labor de trillar posee una derivación prohibida por la Torá que se denomina «desmontar» («lefarek«), esto es, extraer algo del interior de otra cosa. Por lo tanto está prohibido prensar aceitunas o exprimir uvas (tal como se verá adelante en el capítulo 12 inc. 8) y ordeñar animales (como se verá cap. 20 inc. 4). Cuando estamos interesados  en el líquido contenido en una prenda, está prohibido escurrirla. Los sabios medievales debatieron respecto de cuán grave es escurrir una prenda. Según las opiniones de Rambám y Rambán, quien escurre una prenda a los efectos de obtener el líquido trasgrede una prohibición rabínica mientras que según Rabenu Tam y el Rosh se trasgrede una prohibición de la Torá.

Una mujer tiene permitido amamantar a su hijo, mas está prohibido por la Torá extraer la leche de la mamá para verterla en un recipiente, pues se trataría de la acción de «desmontar»  (Shulján Aruj 328:34-35). Una mujer que sufre de exceso de leche puede extraerla para malograrla, como por ejemplo, verterla en un recipiente con un producto químico que la estropee. Esto se debe a que cuando la intención final es malograr, la prohibición es únicamente rabínica y en caso de sufrimiento se puede flexibilizar la norma (Shulján Aruj 330:8). A los efectos de extraer excedentes de leche materna se puede usar una máquina extractora conectada a un «timer», de modo tal que la mujer se conecte a la misma a la hora señalada (ver adelante cap. 29 inc. 7).

18- Abrir nueces, almendras y maníes o cacahuates.

Está permitido abrir nueces en Shabat, y si bien se desprende el alimento de su cáscara no estamos ante una labor prohibida de trillado. Esto se debe a que la labor de trillar se lleva a cabo en el campo o en una fábrica, cuando se separa el grano de las espigas a los efectos de comercializarlo a un molino. Asimismo, la extracción de arvejas o chícharos de su vaina para su comercialización es una labor de escala y de carácter fabril. Empero, en el caso de un fruto al cual no se acostumbra a retirarle la cáscara de cara a su comercialización sino a la hora de ingerirlo, pelarlo no implica la labor prohibida de «trillar».

Asimismo, se pueden pelar maníes o cacahuates tanto de su cáscara gruesa como de la fina. Si bien hoy en día se acostumbra  a pelar la gran mayoría de los maníes o cacahuates en una fábrica previo a su comercialización, por cuanto que todavía es dable ver que se comercializan para su ingestión con cáscara, abrirlos para comerlos no se considera «trillar».

Las almendras tienen dos cáscaras, la exterior de color verde y la interior dura. Se acostumbra a comercializar las almendras sin la primera y sí con la segunda. Por lo tanto, está permitido pelar almendras de sus cáscaras para ingerirlas, pero si las almendras mantienen aún su cáscara verde estará prohibido retirarla pues hacerlo implicaría «trillar» (Ramá 319:6, Mishná Berurá 24). Sin embargo se puede pelar una almendra para comerla, luego otra y así sucesivamente ya que como cada vez se pela sólo una, no se considera que la acción se realice bajo el formato de la labor de «trillar» sino del modo habitual de consumo (Kalkalat Shabat).

01- Moler («Tojén»).

Algunos elementos se presentan en la naturaleza bajo la forma de sólidos. El ser humano aprendió a molerlos para extraer de los mismos productos nuevos y buenos. Mediante la molienda del trigo y demás cereales se obtiene la harina con la cual se puede elaborar pan, pasteles, pastas etc. Mediante la molienda de ají picante se elaboran condimentos, con la de granos de café se puede preparar la bebida del mismo nombre; moliendo hierbas medicinales se elaboran medicamentos y mediante la de otros vegetales se elaboran tinturas. Por cuanto que al moler se generan productos nuevos, esta es una de las labores prohibidas por la Torá en Shabat. Asimismo, está prohibido moler metales así como desintegrar bloques de tierra o barro.
Normalmente, quien muele, transforma la materia prima en harina o polvo, empero la prohibición abarca también la acción de desmenuzar en pequeños trozos. Por ejemplo, quien corta madera en pequeñas astillas para que ardan mejor, trasgrede la prohibición de moler (Tratado de Shabat 74(B)).
Quien necesita moler ají picante para agregar a la comida de Shabat, puede hacerlo mediante dos modificaciones respecto de la forma habitual de molienda. Para moler se requiere de dos instrumentos: el mortero que es el recipiente donde se colocan los productos a ser molidos y el majadero que es el objeto contundente con el que se machaca sobre el mortero para así desmenuzarlos. Quien muele con estas dos herramientas – trasgrede la prohibición de la Torá. Si cambia uno de estos trasgrede una prohibición rabínica. Empero, en caso de que se requiera moler para la comida de Shabat, se permite realizarlo mediante dos modificaciones: que el mango de un cuchillo sustituya al majadero y una fuente sustituya al mortero (Shulján Aruj 321:7). Si bien generalmente los sabios prohíben moler en Shabat a los efectos de preparar la comida sabática aún mediante dos modificaciones, en este caso lo permitieron dado que esta acción no se asemeja exteriormente a la labor original, sino que se percibe como la forma habitual de consumo del producto.
La prohibición de moler se aplica a productos que se aglutinaron o aglomeraron naturalmente como el caso de plantas, frutas o metales. Empero, no hay prohibición de moler productos que ya fueron molidos previamente y se volvieron a aglutinar de manera artificial. Por lo tanto, se puede triturar o moler pan, matzá, galletas, chocolate o azúcar que se aglomeró (Ramá 321:12). Asimismo, está permitido deshacer tabaco en polvo que se aglomeró. En el caso de un enfermo que necesita tomar una píldora en Shabat y le cuesta tragarla, puede molerla ya que los componentes ya estaban molidos antes de que se fabrique la pastilla, y por ende no se trasgrede la prohibición de moler. (Shmirat Shabat Kehiljatá 33:4). Otros sostienen que se puede moler únicamente aquello que se ha de consumir de inmediato y, a priori, es bueno tomar en cuenta esta opinión (Jaiei Adam 17:4). De todas maneras, también en los casos en los que se permite moler o desmenuzar, esto no debe realizarse mediante las herramientas destinadas a tal labor, como el caso de un rallador (Shulján Aruj 321:10, Mishná Berurá 36).
En el caso de barro o arcilla que se aglomeraron y endurecieron, por cuanto que esto ocurrió naturalmente, quien los muele o desmenuza a los efectos de usar la tierra – trasgrede la prohibición de la Torá. Si quien muele el barro o arcilla no necesita la tierra resultante de tal acción – la trasgresión será rabínica. Por lo tanto, a quien se le adhiera barro seco a la ropa o al calzado – no deberá retirarlo si al hacerlo es inevitable que lo pulverice. En cambio, si cabe la duda respecto de si el barro al ser retirado se pulverizará o no – se permitirá quitarlo. También en el caso en que es claro que el barro se ha de pulverizar, de mediar necesidad se lo podrá hacer de un modo no habitual (shinui). Por ejemplo, retirando el barro de la prenda mediante un pequeño golpe con el dorso de la mano o quitando el barro de un zapato mediante un golpe con el otro zapato.

02- Cortando verdura y pisando bananas o aguacates (paltas).

Los sabios medievales («rishonim») debatieron respecto de si al picar verduras en trozos pequeños para la ensalada se trasgrede la prohibición de moler. Una opinión entiende que si – por cuanto que al hacerlo obtengo beneficio. Por otra parte, según la opinión mayoritaria de estos sabios, la prohibición de moler aplica únicamente en los casos en los que la verdura no es comestible sin que se la pique, como en el caso de las verduras que se cortan para poderlas cocinar. En cambio, si las verduras son comestibles estando crudas – no hay prohibición de cortarlas. En la práctica, por cuanto que la discusión es sobre una prohibición de la Torá, corresponde actuar de acuerdo a la opinión más estricta, por lo que se prohíbe cortar verduras para la ensalada en trozos pequeños (Shulján Aruj 321:12). En cambio, si se prepara la ensalada poco antes de ingerirla, también la opinión más rigurosa permitirá picar las verduras. De esta manera, el picado no se realiza bajo el formato de labor sino según el modo habitual de consumo, puesto que se permite ingerir en Shabat un alimento cuando está cortado en trozos pequeños (Rashbá, Beit Iosef, Ramá 321:12). A priori, es bueno que quienes preparan ensalada para ser ingerida de inmediato – no corten la verdura en trozos especialmente pequeños (Beit Iosef, Mishná Berurá 45).
Hay juristas más estrictos que prohíben pisar una banana, o una palta o aguacate, con un tenedor aunque sea para consumo inmediato; empero, permiten hacerlo mediante una cuchara pues esta no es la forma habitual de llevarlo a cabo («shinui»). En la práctica, la halajá es de acuerdo a la opinión de los que permiten pisar la banana con un tenedor para su consumo inmediato, pues ya vimos que no hay prohibición de moler cuando se trata de un alimento a consumir de inmediato, a condición de que no se pise con una herramienta destinada a la molienda.
Se permite cortar con un cuchillo carne asada en trozos pequeños aunque no sea para consumo inmediato, y lo mismo ocurre con el queso duro. Asimismo, se permite pisar un huevo duro con un tenedor. De todas maneras, aunque se permita cortar o desmenuzar algún elemento, esto no se debe realizar mediante una herramienta destinada a la molienda como es el caso del rallador (Shulján Aruj 321:9-10). Sin embargo, se permite usar un utensilio destinado a cortar trozos grandes. Por lo tanto, se permite utilizar un cuchillo destinado a cortar fetas grandes de queso amarillo; se permite emplear rebanadoras de huevos que permiten cortar el huevo duro en rebanadas finas y se permite también cortar pan en rebanadas (Shmirat Shabat Kehiljatá 6:3).

03- Amasar.

La labor de amasar implica transformar agua y harina en masa. Se prohíbe también amasar harina con líquidos densos tales como miel o mayonesa, pues mientras las partículas de harina se aglutinan en una masa mediante algún líquido, estamos ante la prohibición de amasar. Asimismo, quien mezcla agua con tierra a los efectos de producir ladrillos o tapar un orificio en la pared – trasgrede la prohibición de amasar.
La prohibición en cuestión incluye también la realización de parte del proceso, por lo que está prohibido verter agua sobre harina. Una vez finalizada la labor del amasado – se prohíbe conferirle a la masa su forma final.
Mediante el amasado se crea algo nuevo con características propias que no se presentan en las materias primas por separado, ya que la harina sola o el agua sola no pueden fermentar ni se les puede hornear, y sólo una vez que son mezcladas y amasadas se las puede transformar en pan o en pasteles. De la misma manera, de agua y tierra por separado no se puede construir, mas una vez mezclados los elementos se pueden elaborar ladrillos y sellar orificios.
La Torá prohíbe únicamente el amasado espeso y los sabios agregaron la prohibición del amasado no espeso (tal como se explicará en el siguiente inciso). Empero, si la cantidad del ingrediente sólido es escasa al punto de que se disuelve en el ingrediente líquido sin llegar a formarse masa y permaneciendo la mezcla en su forma líquida original, no estamos ante la labor prohibida de amasar. Por lo tanto, está permitido agregar café y azúcar al agua caliente. Se permite también preparar un biberón mezclando el polvo de «Materna» con agua, puesto que juntas no forman una masa y la mezcla preserva su estado líquido; razón por la cual el bebé puede beberla directo de un biberón. Por esta razón, preparar esta mezcla no implica amasar (esta mezcla se debe elaborar en tercer recipiente para estar a salvo de duda de cocción en Shabat, ver arriba cap. 10 inc. 7).

04- Se permite preparar una mezcla no espesa de un modo no habitual («shinui»).

Tal como vimos, la prohibición de la Torá de amasar recae sobre un amasado espeso, lo cual implica que mediante la mezcla del polvo y el líquido las partículas se aglomeran en un bloque único, tal que si se coloca sobre un plato no se derrama hacia los costados. Empero, está permitido por la Torá preparar en Shabat una mezcla no espesa que pueda ser vertida de un recipiente a otro y si se coloca sobre un plato se derrama hacia los costados. Esto se debe a que en este caso no amasamos, sino que simplemente revolvemos. De todas maneras, los sabios lo prohibieron por cuanto que temieron que la gente revolviendo una mezcla no espesa se equivoque y pase a elaborar una masa espesa, lo cual implica trasgredir la Torá. Por lo tanto, la prohibición rabínica de crear una mezcla blanda funge como cerco protector a la prohibición original de la Torá de elaborar una mezcla espesa. Sin embargo, los sabios permitieron realizar una mezcla no espesa de un modo no habitual, pues mediante la variante en la elaboración, las personas recuerdan la prohibición original y se cuidan de no preparar una masa espesa.
La variante en la elaboración es en el orden en que se agregan los ingredientes. Si habitualmente se acostumbra a colocar primeramente el ingrediente seco para luego agregar el ingrediente líquido y obtener la mezcla, se habrá de invertir el orden colocando primero el ingrediente líquido y luego el seco. En caso de que la forma habitual de elaboración pase por colocar primero el elemento líquido y luego el seco, se habrá de invertir el orden en cuestión colocando primero el seco y luego el líquido, tal que en ningún momento se forme una masa espesa.
Una vez que se pasa a revolver la mezcla, hay quienes opinan que no se debe modificar nada respecto de la acción habitual, salvo el que no se revuelva demasiado rápido o fuerte para que no sea similar a la mezcla en días hábiles. Otros juristas son de opinión más rigurosa y consideran que se debe revolver de un modo diferente al habitual, como por ejemplo, en vez de dar vueltas circulares con la cuchara hacer movimientos rectos de un lado al otro del recipiente, formando así una suerte de cuadriculado imaginario. Otra opción para revolver de un modo diferente al habitual es hacerlo con el dedo, sacudiendo el recipiente o vertiendo la mezcla de un recipiente en otro a los efectos de que se revuelva. A priori, es correcto cumplir con los requerimientos de todos los juristas, alterando tanto el orden de incorporación de los elementos como la forma de revolver.
Cuando no existe un orden prefijado de incorporación de ingredientes se ha de colocar primero el elemento seco y se le ha de verter luego el elemento líquido, cuidando de revolver la mezcla de un modo diferente al habitual.
Está permitido agregar líquido a una masa o mezcla espesa a los efectos de hacerla suave o fina, pues al adicionar agua estamos realizando la acción opuesta a la de amasar, ya que amasando aglomeramos todas las partículas en un mismo bloque, mientras que al adicionar agua se debilita la cohesión entre las mismas (Beur Halajá 321:15 יכול).
Según lo antedicho se permite agregar agua a una pasta de sésamos (el producto a partir del cual se elabora la «Tejina») ya que el agua diluye la mezcla haciéndola más suave. Sin embargo, hay quienes lo prohíben porque en el proceso hay un etapa en la que, momentáneamente, la mezcla se endurece (Shmirat Shabat Kehiljatá 8:31). Empero en la práctica, la opinión más flexible es la más extendida ya que al final de cuentas, la mezcla efectivamente se transforma en menos espesa. Además, dado que la pasta de sésamo ya fue molida y amasada en víspera de Shabat, no recae sobre esta la prohibición de amasar (Shulján Aruj 321:15). A los efectos de evitar la duda, es bueno que se revuelva la mezcla de un modo diferente al habitual con movimientos rectos perpendiculares entre sí.

05- ¿Se permite elaborar en Shabat una masa espesa de un modo diferente al habitual?

Las opiniones de los juristas se han dividido respecto de si se puede amasar una masa espesa de un modo diferente al habitual, a los efectos de preparar alimentos para Shabat. Hay quienes lo prohíben y sólo permiten elaborar una masa blanda cuyo amasado está prohibido rabínicamente, por lo que permitieron hacerlo de un modo diferente al habitual; empero, en el caso de una masa espesa que la Torá prohíbe amasar, los sabios prohíben amasarla de un modo no habitual (Rambám). Otros opinan que si se necesita amasar una masa espesa para preparar comida para el Shabat, esto está permitido por los sabios siempre y cuando se lo haga de un modo diferente al habitual (Tosafot).
En la práctica, en caso de gran necesidad se puede actuar de acuerdo a la opinión más flexible y amasar una masa espesa de un modo diferente al habitual. Por ejemplo, en los tiempos en los que era difícil preparar alimento para un bebé salvo mediante la elaboración de una masa espesa, se permitió realizarla de un modo diferente al habitual. Lo mismo ocurría cuando los animales carecían de alimento. En este caso, si no se permitía mezclar una masa espesa de salvado con agua al hacerlo de un modo diferente al habitual.
La variante en la forma de preparación puede ser en el orden de incorporación de los ingredientes o en la manera de revolver. En caso de existir un orden fijo en la introducción de los ingredientes – este habrá de invertirse. De no existir tal orden se ha de introducir primeramente el ingrediente seco y luego se habrá de adicionar el líquido. La variante en la forma de amasar será que en vez de revolver circularmente se habrá de mover la cuchara en líneas rectas perpendiculares entre sí. En caso de que esto no genere una diferencia notoria respecto de la práctica habitual, se habrá de retirar la cuchara del recipiente entre vuelta y vuelta.
En la práctica, es poco frecuente que se necesite flexibilizar la halajá en estas cuestiones ya que es muy raro que se requiera, impostergablemente, amasar una mezcla espesa en Shabat. De todas maneras, es muy importante conocer las opiniones más flexibles ya que hay casos en los que se nos presenta la duda respecto de si podemos amasar unas masa espesa; y entonces podremos hacerlo de un modo diferente al habitual basándonos en estas ideas. Es bueno que esto se realice para consumo inmediato (Esto el Rashbá lo permite).
Empero cuando la gran mayoría de los juristas coincide en que está prohibido, no se ha de amasar una masa espesa de un modo diferente al habitual. Por ejemplo, está prohibido amasar semillas de sésamo y nueces con miel. Asimismo está prohibido mezclar manteca con cacao y azúcar, por cuanto que se transforman en una masa espesa. Esto se prohíbe incluso si se ha de consumir de inmediato.

06- Elementos que está permitido mezclar de modo habitual o diferente al habitual.

No hay prohibición de amasar un guisado que fue pisado como puré, pues por efecto del mismo se ablandó y el amasarlo no implica introducirle cambios sustantivos. Por lo tanto, está permitido revolver un guisado que contiene carne, papas y cebada pisadas, e inclusive se permite agregarle agua hasta transformarlo en una sola masa compacta. Asimismo, se permite agregar salsa al puré y revolverlo ya que como fue previamente pisado no recae sobre este la prohibición de amasar (Respuestas del Rambám tal como las trae el Beit Iosef 321:19).
Una masa que ya fue amasada en vísperas de Shabat y con el transcurrir del tiempo parte del agua se separó de la misma, se puede volver a revolver en Shabat pues no hay prohibición de volver a amasar una mezcla previamente amasada. Dado que no hay discusión alguna respecto de esta posibilidad, no es necesario realizar el amasado de un modo diferente al habitual; empero, se ha de poner atención en no llevarlo a cabo a gran velocidad para diferenciarlo de un amasado de día hábil. Por ejemplo, una ensalada de berenjenas de la cual parte del aceite se separó y flota se puede volver a mezclar y así homogeneizarla. De la misma forma, cuando parte del aceite se separa de una manteca de maní o cacahuates y flota, se lo puede volver a mezclar con la manteca.
De acuerdo a la opinión de algunos juristas, se entiende que a una mezcla que ya fue amasada en víspera de Shabat se le puede adicionar ingredientes, empero hay opiniones más estrictas que lo prohíben. Por lo tanto, se pueden mezclar estos nuevos ingredientes de un modo diferente al habitual. Por ejemplo, quien tiene una ensalada de Jumus y quiere agregarle picante, puede hacerlo si la mezcla se realiza de un modo diferente al habitual. En el caso de quien cocinó berenjenas en la víspera de Shabat y las revolvió o amasó en sus propios líquidos, podrá agregar en Shabat mayonesa y revolverlas de un modo diferente al habitual (ver Shulján Aruj 321:15-16). Ya vimos en el inciso anterior que la diferencia en el modo de realización de la labor implica mover la cuchara en líneas rectas perpendiculares unas a otras, reiteradamente. En el caso de una masa o mezcla en la que este tipo de movimientos no marcan una diferencia notoria se ha de retirar la cuchara de la fuente entre movimiento y movimiento.
Se permite mezclar migajas de pastel o torta con queso o leche por cuanto que ya fue amasada al momento de su elaboración, y por ende no recae sobre éstas la prohibición del amasado. Dado que hay opiniones más estrictas que consideran que al desmenuzarse el pastel se anuló su primer amasado, se ha de revolver las migajas con la leche o el queso de un modo diferente al habitual para consumo inmediato.
Es necesario conocer otra regla general: la labor de amasar implica mezclar el ingrediente seco con el líquido hasta que el primero esté aglomerado, empero si el ingrediente seco se esparce o disuelve en el líquido – no estamos ante un caso de amasado. Por lo tanto está permitido agregarle hojas de especies vegetales aromáticas al queso crema ya que estas no se aglutinan. Asimismo está permitido mezclar «granola» en el queso crema, ya que los cereales no se pegan unos a otros transformándose en un bloque, sino que se adhieren al queso. De la misma manera, se permite mezclar trozos de banana o fresa con crema pues estos no se aglutinan formando un único bloque. También se le puede agregar azúcar y cacao al queso crema, puesto que la intención no es aglutinar los trozos de cacao o azúcar entre sí sino conferirle sabor al queso.
Los sabios de las últimas generaciones («ajaronim») debatieron respecto de si se debe permitir revolver dos pastas, como por ejemplo, queso crema con miel. Hay quienes sostienen que por cuanto que se aglutinan en una sola masa espesa estamos ante un caso de amasado (Shmirat Shabat Kehiljatá 8:16); mientras que otros sostienen que la prohibición de amasar aplica únicamente cuando se mezcla un ingrediente seco con otro líquido pero cuando se mezclan dos masas que contienen líquido esto está permitido (Igrot Moshé Oraj Jaím 4:74). En la práctica, se los puede mezclar de un modo diferente al habitual.

07- Diferentes leyes.

Está prohibido hacer un pudding cuya masa sea espesa, esto es, que no se derrama en el interior de un recipiente en el que es colocado. Empero, en el caso de un pudding de masa no espesa y que se derrama, se lo puede preparar de un modo diferente al habitual, tal como lo vimos en el inciso 4. Primeramente, se ha de colocar el ingrediente seco y luego sobre éste el líquido, revolviendo posteriormente de un modo diferente al habitual (Igrot Moshé Oraj Jaím 4:74 Lash 7). Recordemos nuevamente que la variante respecto del modo habitual de revolver consiste en hacerlo en líneas rectas perpendiculares en vez de circulares, y en caso de que la variante no resulte notoria se ha de retirar la cuchara de la mezcla tras cada vuelta.
Está prohibido preparar gelatina mezclando el polvo con agua pues si bien al inicio la mezcla es líquida, por cuanto que al final ésta se endurece, quien realiza esta mezcla trasgrede la prohibición de amasar.
Está prohibido preparar puré mezclando harina de papa con agua, pues al hacerlo se está creando una masa espesa. Por lo tanto está prohibido preparar puré de papas instantáneo en Shabat, empero se permite preparar cuscús instantáneo si se revuelve de un modo diferente al habitual empleando agua caliente vertida de un segundo recipiente.
Según todas las opiniones se pueden mezclar aceite o mayonesa con verduras que no están picadas en trozos diminutos, ya que como los trozos no son muy pequeños no se transforman en una masa al adicionárseles el líquido. Empero si las verduras fueron picadas en trozos diminutos, los diferentes juristas debatieron respecto de si se las puede o no mezclar con mayonesa. Unos opinan que mientras no se transformen en una masa homogénea o no se aglutinen en una sola pieza – no recae sobre estas la prohibición de amasar (Maharshal). Otros juristas opinan que aunque los trozos de verdura no se aglutinen o aglomeren en un solo cuerpo, si se pegan unos a otros estará igualmente prohibido (Taz). Quien busque flexibilizar puede revolver las verduras de un modo diferente al habitual, y habrá de preparar la ensalada en cuestión para su inmediato consumo (Mishná Berurá 321:68, ver arriba inciso 5).
En el caso de una ensalada de huevo con trozos de cebolla y mayonesa surge una pregunta, ya que por una parte se presentan distintas razones para aplicar una actitud flexible por cuanto que todos sus ingredientes ya están previamente aptos para su consumo, y además no se transforman en una única mezcla homogénea como en el caso de una masa. Por otra parte, se acostumbra a preparar esta ensalada como masa espesa. En la práctica, se puede preparar ensalada de huevos en Shabat pisándolos con el tenedor siempre y cuando se la revuelva de un modo diferente al habitual, teniendo asimismo el cuidado de que la preparación sea para su consumo inmediato.
Otro tanto ocurre en el caso de la ensalada de atún con huevos duros pisados y mayonesa, así como la ensalada de hígado con huevos, pues si bien se transforman en una misma mezcla se la puede revolver, a condición de que se haga de un modo diferente al habitual y para su consumo inmediato.

08- Exprimir frutas.

Quien exprime una fruta para extraer de esta su jugo, trasgrede la prohibición de separar («mefarek») que es derivación de la labor de trillar («dash»). La labor de trillar consiste en separar los granos de trigo de las espigas, y al exprimir una fruta se separa («mefarek») el jugo de la misma. La prohibición de la Torá se refiere a exprimir o prensar aceitunas para la obtención de aceite o uvas para la elaboración de vino. Por cuanto que son líquidos importantes, la mayoría de estas frutas está destinada a ser exprimidas o prensadas, empero, en el caso de las demás frutas que su uso fundamental no es en formato líquido sino sólido, la prohibición de exprimirlas será de origen rabínico.
La prohibición de exprimir aplica cuando el objetivo es extraer el zumo de la fruta a los efectos de beberlo; empero, si el objetivo es saborizar el guisado se podrán exprimir distintas frutas sobre éste, ya que en este caso el exprimido no genera un líquido sino que transfiere el zumo de un alimento a otro. Por lo tanto, se permite exprimir uvas en un guisado, jugo de limón sobre una ensalada de verduras y jugo de naranja sobre zanahoria rallada. Asimismo, se permite exprimir limón sobre pescado frito aunque las gotas no se han de absorber en el alimento, pero como están destinadas a saborizarlo se las considera secundarias y parte misma del pescado en cuestión (Shulján Aruj 320:4, Shmirat Shabat Kehiljata 5 nota 15).
Quien quiera exprimir un limón a los efectos de preparar una limonada, no habrá de exprimirlo sobre un recipiente vacío o sobre agua sino que habrá de exprimirlo sobre azúcar, de modo tal que todo el zumo sea absorbido por esta y entonces pase de alimento en alimento, sin trasgredir prohibición alguna.
Alimentos que al ser cocinados absorbieron mucho aceite o diferentes embutidos que absorbieron mucho líquido, se los puede exprimir para mejorar su sabor retirando el líquido excedente. Asimismo, se los puede exprimir sobre otro alimento. Sin embargo, si se tiene interés específico en el líquido extraído estará prohibido exprimirlos (Shulján Aruj 320:7).
Está permitido trozar un pomelo o toronja para comerlo con una cucharita. Si bien al hacerlo se desprenden líquidos de la fruta, dado que la mayor parte permanece en su interior – no se trasgrede ninguna prohibición. Asimismo, está permitido cortar frutas para preparar una ensalada; y si bien el picado causa que se desprendan líquidos no se trasgrede prohibición alguna, por cuanto que el desprendimiento no es intencional y la mayor parte del zumo permanece dentro del o junto al fruto. Si tras finalizar la ingestión de la ensalada de frutas o del pomelo o toronja queda algo de zumo en el fondo del plato – se lo podrá beber.

09- Prohibición de escabechado o salado de alimentos.

Los sabios prohibieron encurtir pepinos, aceitunas y similares en agua con sal o vinagre, ya que esta acción se asemeja a la de cocinar. Asimismo, prohibieron salar alimentos a los que la sal les hace cambiar de forma, como por ejemplo, en el caso de los rabanitos, cebollas, ajo, nabo y pepinos. Al contacto con la sal, estos alimentos desprenden líquidos, lo cual mitiga su sabor amargo mejorándolo notoriamente. Esto es similar al curtido de pieles (adelante cap. 18 inc. 6), siendo la influencia de la sal sobre el alimento en cuestión – similar al de la cocción (Shulján Aruj 321:2-6, Mishná Berurá 15).
Se permite aderezar un trozo de verdura con sal para su inmediato consumo, pues de esta manera es notorio que no hubo intención de salar o escabechar. En la opinión de muchos juristas está permitido echar sal de una vez sobre varios trozos, para colocarlos en un plato e ingerirlos uno tras otro sucesivamente (Shulján Aruj 321:4). Sin embargo, la costumbre extendida es de acuerdo a la opinión más estricta, por lo que se cortan los trozos de verdura y se sala uno por uno para su ingestión inmediata. Esto se debe a que si un trozo de verdura permanece salado mientras se salan otros, a la vista parece como que se están salando para consumo no inmediato (Mishná Berurá 321:20, Kaf HaJaím 26).
Cuando se adiciona aceite, se permite salar varios trozos juntos pues el aceite disipa el sabor salado, por lo que se trata de una acción de aderezamiento y no de encurtido (Mishná Berurá 321:14). Se permite agregar sal a una ensalada de pepinos y rábanos que se prepara para consumo en la comida inmediata pues como además de la sal se les adiciona aceite y otros condimentos que debilitan el salado, se hace notorio que no se trata de un escabechado (Taz 321:1, Mishná Berurá 14). Asimismo, está permitido echar sal ilimitadamente sobre verduras que no se escabechan habitualmente, como por ejemplo en el caso de los tomates (Shmirat Shabat Kehiljatá 11:2).
Los sabios también prohibieron acciones que se asemejan a la preparación de alimentos en escabeche. Por lo tanto, prohibieron preparar una cantidad importante de agua con sal u otros líquidos con los que se acostumbra a escabechar alimentos. Sin embargo, se permite preparar una cantidad determinada de líquido suficiente para mojar en este las verduras durante una comida. Se prohíbe preparar una mezcla que contiene dos tercios de sal y uno de agua aunque se trate de una cantidad mínima, pues aparenta tratarse de una solución para escabechar pescado (Shulján Aruj 321:2).

10- Coloreado de alimentos.

La regla general indica que no hay prohibición de colorear alimentos. Por lo tanto, se le puede agregar cúrcuma a un guisado aunque esto le confiera una tonalidad amarilla. Asimismo, está permitido remojar pan en vino aunque el primero adquiera una tonalidad rojiza (Shulján Aruj 320:19). Esto se debe a que la prohibición de la Torá de colorear se aplica a tinturas que perduran largo tiempo, como en el caso del teñido de una prenda o el pintado de las paredes de una casa. Los sabios agregaron la prohibición de teñir con un color de corta permanencia; empero, en el caso de alimentos cuyo aspecto central es el sabor y no el color y además no se acostumbra a colorearlos – no prohibieron conferirles color de modo pasajero.
Hay quienes son más estrictos y se abstienen de colorear líquidos, pues en estos el coloreado es muy notorio y es más común, ya que a veces se preparan tinturas o pinturas líquidas para teñir prendas o pintar paredes. Por lo tanto, si bien los líquidos en cuestión están destinados a la ingestión humana, por decreto rabínico no se los puede colorear (Ben Ish Jai Pekudei 3-4). En la opinión de la mayoría de los juristas la prohibición de teñir no aplica ni para alimentos ni para bebidas, y así es la halajá (Darkei Moshé 320:2). Sin embargo, cuando es posible, es bueno a priori tener en cuenta la opinión más estricta y no colorear bebidas. Por lo tanto, cuando se mezcla vino tinto con vino blanco es preferible no verter el tinto sobre el blanco para no colorearlo sino verter el blanco sobre el tinto, pues de esa manera no se percibe su cambio de tonalidad. Lo mismo al preparar jugo – es mejor verter primero el concentrado y luego agregar el agua, pues así ésta es absorbida por la esencia y no se percibe su coloración. Lo mismo ocurre cuando se prepara té mediante un concentrado líquido, es mejor colocar primero el extracto y luego sobre este verter el agua (Shaar Tzión 318:64-65, ver arriba cap. 10 inciso 8 que se debe agregar agua de un segundo recipiente).

11- Escribir, construir y untar sobre alimentos.

Está prohibido escribir letras o dibujar formas con dulces o crema sobre un pastel ya que las letras no están destinadas a perdurar; y si bien el origen de esta regla no está en la Torá – los sabios la prohibieron.
Si el pastel tiene dibujadas letras o formas, no se lo podrá partir atravesándolas, pero entre letra y letra se puede hacerlo. Si las letras están hechas del mismo material que el pastel, como las letras que hay en las galletas, por cuanto que no son importantes se las puede partir o cortar (ver adelante cap. 18 inc. 3).
Cuando es necesario abrir o rasgar una bolsa que contiene alimento y sobre ésta hay letras escritas, es menester evitar rasgarla donde estas se encuentran, y en caso de que sea imposible, se podrá cortar aun en el lugar de las letras (como se explicará en el cap. 18 inc. 3).
No se puede elaborar queso en Shabat. Según muchos juristas la prohibición tiene origen en la Torá, ya que se trata de una derivación de la labor de construir pues se transforma la leche de líquida en sólida (Tratado de Shabat 95(A), Rambám 10:13). Asimismo, está prohibido colocar un alimento como parte de un constructo o armado (Maguén Abraham 340:17, Jaiei Adam 39:1).
Dado que la prohibición de untar no aplica a los alimentos, está permitido untar cremas y ensaladas sobre una rodaja de pan. Asimismo se puede untar la crema sobre la rodaja para acomodarla. Además está permitido colocar ensalada de Jumus sobre un plato central y alisarlo de modo circular para darle buena forma, sin que se trasgreda la prohibición de untar, dado que el alimento ya estaba pronto para ser consumido y su alisado no mejora o realza ninguna de sus cualidades. Hay quienes son más estrictos y no alisan alimentos para darles una mejor forma, y quien se abstiene de hacerlo será bendecido (Ramá 321:19).

12- Triturar hielo para obtener agua, licuar lo solidificado y viceversa.

Los sabios prohibieron triturar nieve, granizo y hielo para obtener agua, pues el triturado se asemeja a la labor de generar agua a partir del hielo. Empero, está permitido colocar trozos de hielo en agua tal que se derritan solos, pues al no realizar la acción con nuestras propias manos no está prohibido (Tratado de Shabat 51(B)). Asimismo, está permitido quebrar hielo a los efectos de colocarlo en una jarra o un vaso aunque al triturarlo se producirá agua, puesto que la intención no es obtener agua del hielo. También está permitido caminar sobre la nieve, ya que no es intencional que al hacerlo se derrita un poco de ella (Shulján Aruj 320:9-12).
Según la opinión de algunos sabios medievales (Terumá y Rosh), la razón por la cual se prohíbe triturar hielo para obtener agua radica en el hecho de que se crea o genera algo nuevo al transformar un sólido en líquido. Según esta idea, está prohibido calentar un alimento que se solidificó transformándolo así en líquido. Empero, según la opinión de la mayoría de los juristas, la razón por la cual se prohíbe triturar hielo para obtener agua no radica en el hecho de que se esté creando algo nuevo, sino porque esto se realiza manualmente lo cual lo asemeja a la labor del exprimido de frutas. Según esta otra opinión, está permitido licuar una salsa solidificada mediante una acción indirecta como lo es el calentarla (Rambám, Rambán, Rashbá, Sefer Mitzvot Gadol, Sefer Mitzvot Katán). Los sefaradíes acostumbran a conducirse de acuerdo a esta opinión más flexible. Según la costumbre ashkenazí, a priori se debe actuar conforme a la opinión más estricta y no licuar un alimento solidificado mediante el calor, empero en caso de necesidad se puede actuar según la opinión más flexible (Shulján Aruj 318:16).
En cuanto al congelado de agua a los efectos de preparar hielo, según la costumbre sefaradí esto está permitido mientras que según la costumbre ashkenazí hay juristas que, a priori, son más estrictos por lo que prohíben hacerlo en Shabat, autorizándolo solamente en caso de necesidad, como por ejemplo, en un día muy caluroso (Shmirat Shabat Kehiljatá 10:4). Otros juristas ashkenazíes son, a priori, más flexibles en esta cuestión y autorizan preparar hielo aunque no se trate de un día muy caluroso. Esto se debe a que el hielo no está destinado a mantenerse en estado sólido de manera autónoma ya que al retirarlo del congelador comienza a derretirse, por lo que al prepararlo no se creó nada nuevo (Tzitz Eliezer 6:34, cap. 8 inc. 12).
Se permite adicionar a los alimentos condimentos saborizantes y aromáticos, pues si bien está prohibido aromatizar las vestimentas no hay prohibición alguna de aromatizar los alimentos (Shulján Aruj 511:4, Mishná Berurá 24).
Según la opinión de muchos, está prohibido preparar crema chantilly a base de crema doble o batir una clara de huevo, pues se percibe a la vista como si se los está preparando para ser cocinados (Tratado de Shabat 109(A) ver allí Rashí, Mishná Berurá 321:68). Sin embargo, hay quienes lo permiten (ver Levaiat Jen 66).

01- Introducción.

La vestimenta es de gran importancia por cuanto que cubre el cuerpo humano y lo protege del frio y el sol. Sin embargo, en un inicio Adám y Javá no necesitaron cubrirse con vestimenta alguna, mas tras el primer pecado se sintieron desnudos y la precisaron. Mientras ellos se mantuvieron en su estado inicial de pureza no se vieron atraídos por los aspectos físicos y pudieron poner de manifiesto su espiritualidad adecuadamente, por lo que su cuerpo resultó ser el utensilio apropiado para descubrir, de hecho, sus almas. Empero, tras el pecado, el cuerpo se vio afectado y se despertó en ellos un instinto de atracción física exacerbada que opacó el interés por el alma y produjo el olvido del destino Divino de la condición humana, todo lo cual generó el sentimiento de vergüenza. El principal aspecto de la dignidad humana se fundamenta en la Imagen y Semejanza Divinas que se revelan en el alma y se traducen en el estudio de la Torá, el cumplimiento de los preceptos y los actos de generosidad. Mas cuando el hombre se olvida de su objetivo y se deja arrastrar incontroladamente por su instintos – se transforma en un ser indigno. La vestimenta que cubre la exterioridad, modera la atracción de la persona por los aspectos materiales y corrige el defecto del pecado. Al cubrirse el cuerpo exterior, el alma alcanza una mayor expresión y así se corrigen los aspectos corporales que logran manifestarse plenamente con alegría y santidad, encaminándolos por la senda de la Torá y los preceptos. Por lo tanto, la vestimenta es para el hombre su honorabilidad.

Como en el caso de toda cosa buena, al alma se la puede encauzar tanto apropiadamente como  erróneamente. Quienes escogen acertadamente visten prendas recatadas y bonitas, las cuales los dignifican al destacar su aspecto espiritual. Quienes escogen equivocadamente visten prendas no recatadas que resaltan los bajos instintos corporales, y en vez de realzar el alma la ocultan aún más, no habiendo vergüenza mayor que ésta.

En virtud del pecado de Adám y Javá, el ser humano fue expulsado del Jardín del Edén y pasó a vivir el clima del mundo terrenal, razón por lo cual se vio afectada la capacidad del cuerpo humano para protegerse necesitando así de vestimentas que lo resguarden del frío en invierno y de la radiación solar en verano. En virtud del error cometido, el cuerpo se vio doblemente afectado, pues en ausencia de la vestimenta no puede ser un receptáculo apto para contener el alma y tampoco puede protegerse de las inclemencias del tiempo.

Dado que la vestimenta es la reparación del pecado del Hombre, ésta no es dable de encontrar en la naturaleza, por lo que es necesario esforzarse en confeccionarla mediante numerosas labores. Los sabios contaron trece labores necesarias para confeccionar indumentaria de tela y otras siete para confeccionar prendas de cuero.

Tal como vimos, toda labor intrínsecamente importante tiene su origen en el Tabernáculo y las treinta y nueve labores prohibidas en Shabat son aquellas mediante las cuales se construyó este. Las labores vinculadas a la confección de vestimenta tienen su origen en los tejidos empleados en el Tabernáculo, los cuales están destinados a ocultar la Luz del Creador y a la vez, honrarla.

02- Las labores de la vestimenta.

Trece labores fueron necesarias para confeccionar vestimenta (Mishná Shabat 7:2): 1) Esquilar la lana (se verá adelante en el cap. 14 inc. 1). En caso de que el material con el que se confecciona es vegetal, su extracción está prohibida por tratarse de la labor de «cosechar» (ver adelante cap. 19 inc. 6) 2) Blanquear la lana de la suciedad y la grasa adheridas (se verá más adelante en los incisos 3 al 8). 3) Peinar la lana para que resulte sencillo elaborar hilos. Quien extrae tendones de un animal a los efectos de elaborar a partir de estos hilos o cuerdas – trasgrede una derivación de esta labor. 4) Teñir la lana a los efectos de elaborar vestimenta e hilados bonitos. 5) Hilar la lana, y en caso de que la materia prima sea lino se estará trasgrediendo la misma labor.

Ahora pasamos a las labores que transforman los hilos separados de lana en un tejido único. En términos generales, la tela está conformada por hilos de «urdimbre» y «trama» («Shetí VaEreb»[1]). Los hilos de la urdimbre son la base de la prenda que se extienden a lo largo, mientras que los de la trama son aquellos que se enlazan con los primeros. En el pasado se empleaba un telar manual que transformaba los hilos sueltos en un tejido, para cuyo uso se requería la realización de diferentes labores: 6) Hacer la urdidura, esto es tensar los hilos de la urdimbre. 7) Hacer el preparado del telar («Shnei Batei nirim»). A los efectos de poder pasar los hilos de la trama entre los de la urdimbre, se debe preparar el telar que contiene lizos a los que se enhebran los hilos de la urdimbre, de modo tal que alternadamente se elevan los hilos pares y los impares para poder pasar entre ellos los hilos de la trama. Quien hace dos presillas para amarrar los hilos de la urdimbre – trasgrede la labor en cuestión (Tosafot Rabí Ieshaiahu Di Trani, Talmud Babilonio Tratado de Shabat 73(A)). Hay quienes opinan que quien introduce dos hilos de urdimbre a estas presillas –  trasgrede la prohibición (Rashí allí). 8) Tejer dos hilos – esto es pasar dos hilos de la trama por los de la urdimbre – y en la práctica comenzando así a elaborar el tejido. 9) Retirado de dos hilos. Cuando se genera en el tejido un desperfecto o una rasgadura, a veces la reparación implica retirar hilos del mismo y esta es la labor de «Cortar el tejido del telar» («Potzea»).

En el marco de la prohibición de la realización de esta labor, se prohíbe deshilachar los bordes de una vestimenta o una venda que están confeccionadas a base de urdimbre y trama. Entre las diferentes labores referidas al tejer está prohibido elaborar una canasta, un tamiz, una criba o una «hamaca paraguaya» (cama hecha a base de cuerdas), pues todos estos objetos se elaboran a partir de hilos o cuerdas dispuestos bajo la forma de urdimbre y trama (Rambám 9:16).

Hoy día, la labor de tejer es llevada a cabo por máquinas sofisticadas que realizan simultáneamente todas las diferentes labores anteriormente señaladas, y quien las pone a funcionar en Shabat trasgrede todas las prohibiciones de las diferentes labores de una sola vez.

Otras labores vinculadas a la terminación de la confección de la vestimenta son: 10) Anudar, 11) Desatar o desanudar (tal como se detallará en los incisos 13-15). 12) Coser dos puntadas, 13) Desgarrar a los efectos de coser dos puntadas (se detallará en los incisos 10-12).

Asimismo, las labores referentes al curtido de cueros tienen que ver con la confección de vestimenta, pues del cuero no sólo se extrae el pergamino sobre el cual se puede escribir sino que además es la materia prima para la confección de prendas de vestir y zapatos (se trata de las labores de Cazar, Faenar- cap. 20 incisos 6-9, Desollar, Curtir, Alisar, Marcar- cap. 18 inciso 6 y  Cortar a medida- cap. 15 inc. 10).


03- Leyes referentes al blanqueado – lavado.

La labor del blanqueado consiste en limpiar tanto la lana como el lino para confeccionar con estos prendas de vestir. Lavar la ropa para limpiarla es una labor derivada de blanquear (Rambám Shabat 9:10-11).

El lavado de la ropa se lleva a cabo en tres etapas: colocando la prenda en remojo, frotándola y escurriéndola. Tras cada una de estas etapas se desprende de la prenda parte de la suciedad, por lo que cada una de estas está prohibida por la Torá. Pasemos a detallar las etapas del lavado de la ropa:

El lavado de la ropa se inicia con la colocación de la prenda en remojo. Bajo el agua, las manchas ceden parcialmente y algo de la suciedad es liberada del tejido disolviéndose en el líquido; por lo tanto, está prohibido poner ropa en remojo en Shabat. Por ejemplo, está prohibido colocar ropa sucia de bebé en agua a pesar de que la parte más significativa del lavado se piensa llevar a cabo una vez finalizado el Shabat, puesto que en el mero acto de poner en remojo la prenda, esta se limpia un poco. La segunda etapa del lavado de ropa consiste en frotar la prenda cuando esta está aún mojada, y es la etapa más importante del lavado, pues al frotar las manchas tanto éstas como la suciedad ceden disolviéndose en el agua y por ende desaparecen.

La tercera etapa del lavado consiste en escurrir la prenda del agua que absorbió. Al hacerlo, se liberan de la prenda junto con el agua tanto manchas como suciedad. Dado que con cada escurrida sale un poco de la suciedad, cada una de éstas está prohibida por la Torá. Aunque la prenda se haya mojado por efecto de la lluvia está prohibido escurrirla a los efectos de secarla, pues al hacerlo, inevitablemente, se está limpiando en algo a la prenda. A los efectos de evitar que la persona pueda llegar a escurrirla, los sabios prohibieron sostener en las manos una prenda empapada en agua. Sin embargo, se permite seguir vistiendo ropas que se mojaron con la lluvia y aunque se las haya quitado, en caso de carecer de otra muda de ropa puede volver a vestirlas, mas no podrá transportarlas de un lugar a otro sin motivo aparente (Shulján Aruj 301:45-46).

Algunas veces tiene lugar una cuarta etapa en el lavado de la ropa y es ponerla a secar junto a una estufa tras haberla escurrido de modo tal que con el calor  -la humedad de la prenda se evapore junto con resabios de suciedad. De esta manera, al calentarse, la prenda queda limpia y resplandeciente. Esto se acostumbraba a hacer con la lana bruta que tras esquilarla y lavarla la blanqueaban junto a la estufa, y esta acción se incluye en la labor de blanqueado que la Torá prohíbe. Por lo tanto, está prohibido colocar junto a la estufa que está a una temperatura intolerable para la mano («Yad soledet bó«) un abrigo que se mojó bajo la lluvia o una toalla que se humedeció por su uso (Shulján Aruj 301:46).

Es menester saber que la Torá no solamente prohíbe el lavado de una prenda completa sino que prohíbe también eliminar una simple mancha. La prohibición aplica tanto si se quita la mancha con agua o saliva, o bien si se aplican otros productos de limpieza tales como gasolina o bencina. Asimismo, si sobre la prenda cayó un producto aceitoso, estará prohibido aplicarle talco  para evitar la formación de una mancha (Shmirat Shabat Kehiljatá 15:27).

Asimismo, los sabios prohibieron realizar cualquier acción que haga pensar a los demás que se lavó ropa en Shabat trasgrediendo así la prohibición de la Torá. Por lo tanto, si las vestimentas se mojaron en Shabat no se habrán de colgar a secar sobre la cuerda que se emplea habitualmente para secar ropa recién lavada, sino que se deberá colgar en un sitio que no es usado habitualmente para el secado, como por ejemplo, una percha o una silla. Sin embargo, en el caso de prendas que se pusieron a secar antes de entrado el Shabat se las puede dejar sobre la cuerda durante el día sagrado (Shulján Aruj 301:45).

04- La colocación de prendas en remojo.

Tal como ya vimos, la primera etapa en el lavado de una prenda es colocarla en remojo ya que con esta acción comienza a ser removida parte de la suciedad. Por lo tanto, está prohibido mojar con agua u otro producto una pequeña parte de una prenda ya que se considera lavado.

Los sabios medievales debatieron respecto de si está o no prohibido poner en remojo una prenda que carece de manchas. Muchos opinan que la prohibición aplica únicamente cuando la prenda está manchada, estando permitido hacerlo con una completamente limpia. Otros opinan que está prohibido poner en remojo incluso una prenda sin manchas, ya que al  mojarla se la está limpiando aunque sólo sea mínimamente. En la práctica, dado que se trata de un debate vinculado a una prohibición de la Torá, muchos de los sabios de las últimas generaciones indicaron que se debe actuar conforme a la opinión más estricta; por lo que, en Shabat, está prohibido mojar con agua una prenda carente de manchas.

Empero, está permitido mojar una prenda de modo tal que se la ensucie. Por lo tanto, está permitido secarse con una toalla ya que el agua de las manos no la limpia sino que la ensucia levemente. Hay quienes tienen el cuidado de sacudir las manos para así hacer caer algunas gotas de agua, de modo tal que al secarse con la toalla se la humedezca en menor medida. De todas maneras, según la halajá se puede mojar una tela siempre y cuando sea de un modo tal que la ensucie. Aún si la toalla está manchada, quien tiene la intención de secarse las manos con ésta y no de retirarle las manchas – podrá hacerlo (Shulján Aruj y Ramá 320:10, Beur Halajá ‘דלא’).

05- El limpiado de la mesa y el lavado de platos y cubiertos en la pileta.

Si se volcó algo de agua sobre la mesa se la podrá secar con una toalla o repasador, ya que al mojarla de esta manera se la está ensuciando y no lavando. Asimismo, si se vuelca sobre la mesa un poco de vino o jugo – se los podrá secar con una toalla u otra tela.  Si bien de esta manera la tela habrá de absorber parte del color del vino o jugo y no se puede colorear en Shabat, esto no estará prohibido ya que la intención original de la acción es secar la mesa y no colorear la tela en cuestión, y además este coloreado no mejora la tela sino que la ensucia.

Cuando se vuelca mucha agua sobre la mesa o el suelo, está rabínicamente prohibido secarla con una toalla ya que como está muy empapada se teme que al intentar secarla se la escurra, trasgrediendo así una prohibición de la Torá. Esta situación tiene diferentes soluciones posibles: a) Utilizar varias toallas de modo tal que cada una de estas absorba un poco del agua y no haya que temer que se las escurra, b) Utilizar un tipo de tela que aunque se empape no se acostumbre a escurrir (Mishná Berurá 301:172). Además, se puede absorber el agua con papel absorbente, c) Si no se cuenta con varias toallas o telas que no se acostumbre a escurrir, se puede llevar a cabo la tarea del absorbido del agua mediante dos personas. Primeramente habrán de apoyar la toalla sobre el agua y luego la habrán de colocar en el interior de un balde o en otra parte. Esto se debe a que la prohibición de los sabios de llevar una prenda empapada aplica sobre una persona, en cambio, cuando se lleva entre varias está permitido puesto que si uno se olvida y se dispone a escurrirla el otro u otros pueden recordarle que es Shabat y que eso está prohibido (Shmirat Shabat Kehiljatá 15 nota 55).

Está prohibido lavar los platos y los cubiertos con una esponja común, pues ésta absorbe agua y se la puede escurrir. Empero, se permite utilizar esponjas de plástico que no absorben agua por lo que no se teme que se las pueda escurrir. El uso de toallas húmedas (como las que se emplea con bebés n. de t.) se detallará en el capítulo 14 inciso 6.

Si un trapo de cocina cae a la pileta se podrá abrir la canilla aunque de esta forma se empape, ya que no se está mojando de un modo adecuado para su lavado. Si había en la pileta un trapo húmedo – hay quien opina que se lo puede levantar con la mano pues uno cuida que el trapo esté siempre seco (Aruj HaShulján13:48). Empero en la práctica, dado que se acostumbra a escurrirlo, es bueno que quien quiera retirarlo de la pileta lo haga por medio de un tenedor o un cuchillo, pues al hacerlo de un modo diferente al habitual es más fácil recordar de tener el cuidado de no escurrirlo.

06- Quitando barro a prendas de cuero y zapatos.

Existe una diferencia entre las prendas comunes y las confeccionadas con cuero. Prendas comunes confeccionadas con hilos de lana, lino o similares, está prohibido colocarlas en remojo pues al hacerlo se las está lavando. En cambio, se puede poner en remojo una prenda de cuero y lo único prohibido por la Torá es lavarla abiertamente, esto es, frotarla enérgicamente. La diferencia radica en el hecho de que en las prendas comunes el agua es absorbida por el tejido y al pasar esta entre los hilos remueve las manchas y la suciedad, por lo que el lavado se inicia al colocar la prenda en remojo. Sin embargo, el cuero no absorbe el agua fácilmente, ésta última no fluye por su interior y por lo tanto no puede remover la suciedad adherida. Si bien el poner cuero en remojo puede ablandar o eliminar una suciedad adherida, el agua no es absorbida por lo que no lava la suciedad interior. En cambio, si se lava el cuero frotándolo enérgicamente un lado con el otro o mediante un cepillo, la suciedad interior saldrá al agua y este sería un lavado prohibido por la Torá.

Por lo tanto, si se adhiere al cuero una suciedad desagradable se la podrá retirar mojándolo con agua, pues en este caso se está quitando únicamente la mancha en cuestión y el resto de la prenda no está siendo lavada. Empero, estará prohibido frotar el sitio de la mancha pues de esta manera se está retirando también la suciedad absorbida en el interior de la prenda.

Una vez que la prenda de cuero se moja, los sabios prohíben  escurrirla. En el caso de todas las demás prendas, el escurrido está prohibido por la Torá pues al hacerlo sale suciedad de las mismas y por lo tanto es una forma de lavado. En cambio, en el caso de las prendas de cuero no se acostumbra a escurrirlas a los efectos de lavarlas pues es muy difícil hacerlo, y además esta acción no las limpia significativamente – por lo que la prohibición es únicamente rabínica (Beur Halajá 302:9 אסור).

Zapatos de cuero que se ensuciaron con polvo se pueden limpiar con un trapo, ya que el polvo no está absorbido al interior del cuero sino que es exterior al mismo. Empero, está prohibido cepillarlos o frotarlos intensamente con un trapo para sacarles brillo (se detallará cap. 18 inc. 6, ver Aruj Hashulján 327:4, Shmirat Shabat Kehiljatá 15:40).

Fango o barro que se pegaron a un zapato o a una prenda, quien lo retira pulverizándolo trasgrede la prohibición rabínica de moler. En caso de duda respecto de si quitar el barro provocará su pulverización – se lo podrá retirar. En caso de necesidad importante, aunque sea claro que al quitar el barro éste se habrá de pulverizar, se lo puede retirar de un modo diferente al habitual, como por ejemplo, golpeando un zapato con el otro o golpeando el torso de la mano sobre la prenda embarrada (ver arriba cap. 12 inc. 1).

07- Servilletas y prendas de nylon, plástico e hilos de poliéster.

La prohibición del lavado aplica sobre prendas y telas que absorben la suciedad en su interior. En cambio, en el caso de muebles de madera u objetos de plástico que no absorben suciedad – se los puede lavar con agua para quitar la suciedad adherida. Según esto, nos parece que, aparentemente, se pueden limpiar manteles hechos de plástico o nylon, ya que como no absorben suciedad no aplica sobre estos la prohibición de lavar. Hay quien sentenció así (Or Letzión II 24:6), empero, en opinión de la mayoría de los juristas, dado que estas tiras o paños de nylon se emplean para confeccionar vestimenta y manteles, no se los debe frotar intensamente a la hora de limpiarlos de un modo similar al lavado de la ropa. Sin embargo, por cuanto que el nylon no absorbe agua se puede enjuagar las tiras o los paños y hasta frotarlos suavemente (Igrot Moshé Ioré Deá 2:76, Tzitz Eliezer 5:10, Yalkut Yosef 302:22).

Se presentó la  pregunta respecto de las prendas, manteles o medias de dama que están confeccionados con tejido sintético (Poliéster). Todos coinciden con que está prohibido lavarlos mediante frotado o escurrirlos, pues de esa manera se los limpia de un modo similar al lavado de ropa. Cabe preguntarse si se los puede enjuagar o poner en remojo. Hay quienes opinan que por cuanto que los hilos de plástico no absorben suciedad o agua se los puede enjuagar y poner en remojo, tal que solamente si el tejido incluye algún tipo de hilo natural se prohibirá hacerlo (Shmirat Shabat Kehiljatá 15:7-8). Otros juristas consideran que una prenda cuyo tejido es exclusivamente sintético tampoco se puede poner en remojo pues entre los hilos se acumula suciedad, y al ponerlo en remojo o enjuagarlo parte de ésta se disuelve y sale (Or Letzión II 24:6). Y así consideramos que en la práctica no se puede poner en remojo una prenda sintética.

Se permite limpiar lentes de contacto tanto duros como blandos pues entran en una categoría más fácil que la de los manteles de nylon, por lo que se los puede frotar suavemente. Esto se debe a que los lentes no absorben líquido, por lo que tampoco se los considera vestimenta y frotarlos no se asemeja al lavado de ropa. De la misma manera se permite lavar un chupete (chupón) o el pico de una mamadera (biberón) e inclusive frotarlos para que se desprenda la suciedad que traen adherida, ya que al estar hechos de goma el  limpiarlos no entra en la categoría de lavado y como se ve claramente que no se trata de vestimenta, frotarlos no se ve como lavado de ropa.

08- Quitar manchas y polvo en Shabat.

Tal como vimos en el inciso tercero la labor del lavado de ropa se lleva a cabo principalmente mediante agua u otros materiales. Sin embargo, aún cuando no se emplee agua, está prohibido quitar manchas de una prenda mediante un frotado similar al que se emplea en el lavado normal; empero, se permite quitar la mancha de un modo diferente al habitual («Shinui»). Es menester puntualizar que hay dos tipos de manchas; las tenues y las severas.  Las manchas tenues se permite quitarlas mediante un cambio menor respecto a la forma habitual de lavado, mientras que en el caso de las manchas severas,  en caso de necesidad, se permite quitarlas de un modo completamente diferente al habitual. Pasamos a explicar:

Una mancha tenue en la vestimenta es aquella que no impedirá al dueño de la prenda salir a la calle. Los sabios prohibieron quitarla frotando la prenda de un modo similar al del lavado a mano, pero si se lo frota de un modo diferente esto estará permitido. Por lo tanto, se permite quitar una mancha tenue mediante una raspada de uña o cuchillo. Si se detiene por unos segundos se podrá dar otra raspada, pues las interrupciones hacen que la acción no se parezca al lavado de ropa. Asimismo se podrá quitar la mancha mediante una pasadita con un trapo seco o pañuelo, y de ser necesario tras una interrupción de un par de segundos se los podrá volver a pasar sobre la mancha. Esto se debe a que mientras no se frote de modo continuo no se está quitando la mancha de un modo similar al frotado del lavado de ropa.

En caso de que la mancha sea severa, al punto de que el dueño de la prenda tendrá cuidado de no salir con esta a la calle, no se permitirá quitarla mediante raspado o pasando un trapo húmedo, pues ésta es la manera habitual de quitar manchas durante los días de la semana. Algunos juristas medievales sostienen que esto está prohibido por la Torá. Sin embargo, en caso de que la mancha se retire de un modo radicalmente distinto al habitual, los juristas están divididos en su opinión respecto de si quitarla estará o no prohibido rabínicamente, y en caso de necesidad podemos actuar conforme a la opinión más flexible. Por lo tanto, en caso de necesidad se permite quitar la mancha de un modo radicalmente diferente al habitual, como por ejemplo, frotando el cuerpo contra una puerta, un ropero o una cama a la altura de la mancha. Otra forma permitida sería raspando o masajeando el cuerpo a la altura de la mancha, de un modo tal que no se asemeje en lo más mínimo a la acción de frotar una prenda para quitarle una mancha. En caso de que la mancha sea gruesa, se la podrá quitar en su mayor parte raspándola con la uña o un cuchillo o pasándole un trapo. Todo esto se permite a condición de que no se quite la mancha en su totalidad; el resto se podrá quitar de un modo radicalmente diferente al habitual.

Si la prenda se manchó de polvo no se lo podrá quitar de un modo habitual sacudiendo la prenda o aplicándole golpes o frotándola, empero, se puede golpear la prenda con el dedo mayor pues se  trata de una manera de hacerlo radicalmente diferente a la habitual. Cuando el sofá se ensucia de polvo se lo puede golpear para quitarlo, pues el sofá no es importante como una prenda que al estar sucia resulta embarazoso salir con ésta a la calle, y por ende limpiarlo no se considera una acción de lavado. Empero, frotar el sofá de la misma manera en que se frota ropa al lavarla – está prohibido.

En caso de que sobre la prenda se encuentre depositado algún tipo de suciedad no adherida al tejido, retirarlo no se considerará una acción de lavado. Por lo tanto, está permitido quitar de la prenda una pluma, algodón o hilos etc. (Ramá 302:1, Shmirat Shabat Kehiljatá 15:33).

09- El doblado del talit (manto de oración) en Shabat y otras leyes.

Los sabios prohibieron doblar la ropa de un modo exacto en Shabat, pues el hacerlo se preserva la forma de la prenda la cual podrá ser vestida sin arruga alguna, por lo que esta acción se ve como una reparación de la misma. Sólo se podrá doblar en el caso de una prenda blanca y nueva que puede ser doblada por una sola persona sin mediar la ayuda de otra, siempre que lo haga para ser vestida en ese mismo Shabat por carecer de otra vestimenta (Talmud Babilonio Tratado de Shabat 113(A)). En virtud de esta regla hay juristas que prohibieron doblar el talit  tras concluir el servicio ya que no se ha de vestir nuevamente ese mismo Shabat. En caso de que el talit ya no sea nuevo también está prohibido doblarlo pues en ese caso el pliegue es más significativo (Jaié Adam 44:24). Esta es la usanza de algunos de los que cumplen con esta regla de manera meticulosa.

Por otra parte, algunos de los juristas medievales (Orjot Jaím) son de la opinión de que el modo de doblar que los sabios prohibieron ya no se aplica en nuestros días, pues en el pasado se empleaba una suerte de prensa de ropa que fijaba los dobleces y esta labor era comúnmente realizada por dos personas. Por ello, cuando autorizaron doblar el talit lo condicionaron a que la acción sea realizada por una sola persona. Empero, nuestro modo actual de doblar la ropa no es tan significativo y no se ve como mejoramiento o reparación de la prenda, por lo que se permite doblar el talit por sus dobleces habituales al concluir el servicio. Este doblado no se trata tampoco de una acción realizada en Shabat para la semana. Más aún, se debe tener cuidado de no deshonrar el talit con el que se cumple un precepto dejándolo sin doblar, ya que esto implica una suerte de deshonra al sagrado día. Así como se permite hacer esta acción, en este día también se puede acomodar el sofá de la sala aunque no se tenga la intención de tomar asiento sobre éste dado que al hallarse fuera de sitio se estaría despreciando al Shabat. Es así que algunos de los juristas de las últimas generaciones sentenciaron que se puede doblar el talit del modo habitual (ver Kaf HaJaím 32, Aruj Hashulján 302:12, Or Letzión II 24:3).

La opinión intermedia, que es la mayoritaria en el seno de los juristas, indica que se puede doblar el talit mas no según sus dobleces habituales ya que la prohibición de doblar ropa en Shabat recae únicamente sobre prendas que son dobladas según sus dobleces fijos; en cambio si se pliega la prenda sin seguir los dobleces marcados por la plancha –  la acción no se asemeja a la labor prohibida por lo que se permite. Esta es la halajá principal (Shulján Aruj 302:3, Mishná Berurá 302:18, Ben Ish Jai Segundo Año Vaieji 13, Shmirat Shabat Kehiljatá 15:49, Iejavé Da´at 2:40). Es de remarcar que en la práctica, los mantos de oración que compramos actualmente vienen con dobleces marcados que es muy difícil de seguirlos exactamente a la hora de doblarlos, por lo que se puede acomodar el talit de modo habitual tras concluir el servicio ya que no se siguen exactamente los dobleces del planchado original.

Un sombrero que se aplastó se lo puede acomodar en Shabat pues se trata de un arreglo sencillo y no se lo considera la reparación de un utensilio llevada a cabo en este sagrado día (Shmirat Shabat Kehiljatá 15:50).

Los juristas debatieron respecto de si se permite plegar un papel con una forma especial como avión o barco y asimismo conferirle a las servilletas formas especiales. Quien quiera seguir la opinión flexible tiene en quien apoyarse y quien actúe más rigurosamente será bendecido (tal como se explicará en cap. 15 inc. 7).

10- Coser.

La labor de coser consiste en unir paños de tela, tejido o cuero, unos a otros tal como fueron cosidos en el Tabernáculo. Mediante la labor de coser se unen objetos blandos unos a otros, mientras que mediante la labor de construir se unen objetos duros.

Todo aquél que cose dos puntadas permanentes trasgredió la prohibición de la Torá de no coser, y si cosió de manera tal que las puntadas no han de perdurar – trasgredió una prohibición rabínica (Talmud Babilonio Tratado de Shabat 74(B), Mishná Berurá 340:27).

Asimismo, está prohibido tirar de un hilo que comenzó a deshilacharse en la prenda. Si la jalada del hilo resulta permanente – la trasgresión será de la Torá, mientras que si perdura poco tiempo será rabínica (ídem 75(A), Shulján Aruj 340:6). En el caso de un botón que se aflojó está prohibido tirar del hilo que lo une a la prenda para reforzarlo (Shmirat Shabat Kehiljatá 15:71).

Se permite unir una parte de una prenda con otra mediante botones, presillas, cierres o velcro. Aunque la intención sea que permanezcan cerrados por un largo tiempo – esto no está prohibido puesto que estas uniones fueron diseñadas desde un principio para ser abiertas y cerradas, por lo que no implican ni rasgado ni costura. Del mismo modo, al abrir o cerrar una ventana no se trasgrede las prohibiciones de construir y destruir.

Se permite tirar del cordón de un abrigo o un sombrero para cerrarlos pues así no se cose sino que es la forma habitual de uso de la prenda, amén de que el hilo no está cosido a la prenda sino que posee un amplio espacio para correr. Asimismo está permitido tirar de una cuerda o hilo que pasa entre ojales en el borde de una prenda para achicarla (ver Shulján Aruj 340:7).

Se permite unir dos partes de una prenda mediante alfileres de gancho pues esta unión no se asemeja a una costura. Hay quienes lo prohibieron pero la halajá es según la opinión de quienes lo permiten. Quien se abstenga de colocar un alfiler de gancho por tiempo prolongado (es decir en forma permanente) será bendecido. Empero, un broche decorativo se puede poner en la prenda, aunque sea por tiempo prolongado, pues no une dos telas una con la otra.

Así como la costura está prohibida por la Torá, también prohíbe pegar o adherir pues se trata de una labor derivada de la primera. Por lo tanto, está prohibido pegar papeles o telas entre sí. Si la adhesión perdura la prohibición será de la Torá y si se mantiene por poco rato será rabínica (ver Sha´ar Hatziún 303:68).

Asimismo, la Torá prohíbe engrampar papeles pues las grampas unen los papeles mediante dos orificios lo cual se asemeja a una costura fija de dos puntadas. Sin embargo, se puede unir dos papeles mediante un clip ya que éste los adhiere exteriormente y no desde su interior.

11- Desgarrar («Kore´a»).

La labor de desgarrar es aquella que ayuda a coser vestimentas, ya que a veces para reparar o confeccionar una prenda es necesario desgarrarla para volverla a coser. Por lo tanto, quien desgarra para volver a coser – trasgrede la prohibición de la Torá. En el Tabernáculo ocurrió que un gusano perforó uno de los paños de la tienda y si cosían en el sitio del orificio el resto de la tela se arrugaría, por lo que la desgarraban por completo para volver a coserla.

Si el desgarro resulta beneficioso – se trasgrede una prohibición de la Torá como en el caso de deshacer un dobladillo para alargar una prenda. Un desgarro que no es beneficioso, como cuando se quiere romper una prenda, está prohibido rabínicamente.

Quien desgarra bolsas o manteles de nylon de un rollo para usarlos – trasgrede la prohibición de la Torá. Quien desgarra papel higiénico para usarlo – también la trasgrede. Hay quienes opinan que cuando se tiene la intención de desgarrar el papel en el sitio marcado por orificios diminutos – se trasgrede la prohibición de cortar a medida. Si se desgarra el papel de un modo diferente al habitual – se trasgrede una prohibición rabínica. En caso de necesidad y a los efectos de evitar situaciones vergonzantes, los sabios permitieron trasgredir su propia prohibición. Por lo tanto, una persona que se encuentra en una situación en la cual no tiene manera de limpiarse sin desgarrar papel higiénico, los sabios le permiten hacerlo de una manera diferente a la habitual a los efectos de no pasar por una situación embarazosa. Un modo diferente de cortar el papel puede ser tensarlo con los dos codos, sin poner la intención de cortarlo por los orificios (Shulján Aruj 312:1, Mishná Berurá 12, Shmirat Shabat Kehiljatá 23:19, Aruj HaShulján 11:40).

En el caso de un libro que por error tiene hojas que no fueron cortadas a la hora de encuadernarlo – la Torá prohíbe separarlas. Si las hojas fueron correctamente cortadas mas les cayó pegamento y se adhirieron una a la otra – se las puede separar ya que se pegaron involuntariamente y con la intención de que la adhesión no perdure (Maguén Abraham 340:18, Mishná Berurá 45). Pañuelos de papel que no fueron correctamente cortados y permanecieron adheridos en un punto determinado – no se los puede desgarrar.

Así como pegar hojas o telas es una derivación de la labor de coser, despegar papeles o telas es una tarea derivada de la labor de desgarrar. Por lo tanto está prohibido separar hojas engrampadas o arrancar una hoja de papel de un block.

Está permitido desgarrar una bolsa que contiene alimentos tal como se permite pelar una naranja para ingerirla, ya que ninguna de las dos acciones tiene por objetivo final la cáscara o la envoltura sino el alimento que está en el interior de las mismas. Asimismo, se permite abrir los papeles pegados en la bolsa de papel en la que viene el azúcar y hay quienes se abstienen de hacerlo, empero la opinión principal es la que permite (ver cap. 15 inc. 12).

Si en víspera de Shabat no se alcanzó a retirar de una prenda nueva la etiqueta que pende de un hilo de plástico se lo puede cortar en Shabat. Esto se debe a que la etiqueta no está adherida a la prenda y por lo tanto no se la considera cosida a ésta.

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