Pninei Halajá

01 – El precepto de preservar el carácter de día de descanso del Shabat.

La Torá nos ordenó no realizar labores el día sábado, tal como estás escrito (Shemot 20:10): «pero el día séptimo, Shabat, lo consagrarás  al Eterno tu D´s, y ese día no harás labor alguna». Esto se refiere a las treinta y nueve labores mediantes las cuales se erigió el Tabernáculo, tal como le fue explicado a Moshé en Sinaí (ver arriba 9:1-2). Por su parte, nuestros sabios decretaron límites a los preceptos emanados de la sagrada Torá – esto es «Syaguim laTorá»-, a los efectos de que las personas no realicen acciones por efecto de las cuales puedan llegar a trasgredir alguna de las labores prohibidas por la Torá (arriba 9:3-4). Además se nos ordenó cesar en nuestras labores el día sábado, tal como está escrito (Shemot 23:12): «trabajarás seis días y al séptimo descansarás». La intención de estas palabras es que no solamente no realicemos labores en Shabat sino que además reposemos y descansemos del esfuerzo y el trabajo, esto es, que nadie abra su tienda ni transporte carga alguna como preparativos para su labor de los días de la semana. Si bien quien realiza estas acciones no trasgrede ninguna de las treinta y nueve labores, de todas maneras deja sin efecto el precepto de la Torá de descansar el día sábado (Rambán Vaikrá 23:24, ver Rambám 21:1, ver la próxima halajá).

Como continuación de esto, aprendimos de los profetas que es necesario preservar el carácter del Shabat como día honorable y sagrado, día en el cual no nos ocupemos de cuestiones comunes o mundanas; y quien así lo hace recibe una gran recompensa. Tal como está escrito (Ishaiahu 58:13-14): «Si te abstuvieres por el Shabat de tu camino, de hacer tus deseos en el día consagrado a Mí. Empero, llamares al Shabat deleite, al día consagrado por HaShem y glorificado, y lo honrares al no emprender tus caminos ni hallar tu deseo, ni hablar palabra. Entonces te deleitarás ante HaShem, y te llevaré hasta las cumbres de la tierra, y te nutriré de la heredad de Jacob, tu patriarca, pues el Verbo de HaShem, lo ha hablado».

De lo dicho por el profeta, nuestros sabios aprendieron numerosas indicaciones respecto del Shabat cuyo común denominador refiere a que la conducta de la persona debe ser distinta en este día a la de los demás días de la semana. Así se expresaron (Talmud Babilonio Tratado de Shabat 113(A)): «y lo honrares– significa que tu indumentaria sabática no sea como la de los días de la semana… no andando durante él en tus propios caminos– no habrás de caminar en Shabat igual que en los días de la semana. Ni ejerciendo tu negocio– tus ocupaciones están prohibidas, mas aquellas referidas a cuestiones celestiales están permitidas. Ni hablando de él– tu conversación sabática no habrá de ser como la de la semana. Hablar de cosas comunes está prohibido, mas pensar en estas está permitido» El status de estas indicaciones es superior al de los decretos de los sabios ya que se originan en el precepto de la Torá de «descansar» o «cesar» («lishbot») y sus principios se elucidan en las palabras de los profetas por lo que se las considera en el nivel de «divrei kabalá» o «tradiciones heredadas» de estos.

Los preceptos referidos a honrar y deleitar el Shabat ya los explicamos (cap. 2, 4, 5, 7). La acción de honrar el Shabat se manifiesta mediante la vestimenta, el aseo del cuerpo, la preparación de la casa y el encendido de velas. El deleite se manifiesta en las comidas sabáticas, el descanso y el estudio de Torá. En este capítulo explicaremos los preceptos y las restricciones destinados a preservar el carácter del Shabat como día sagrado y de descanso.  Estos preceptos son la base de todo lo que nuestros sabios prohibieron por tratarse de «Ovadín Dejol» o acciones mundanas, esto es, que toda acción que es significativamente característica de los días de la semana esté prohibida en Shabat, por ejemplo, juegos de pelota entre adultos, natación, gimnasia, andar en bicicleta y la prohibición de «Muktsé» a los efectos de preservar el Shabat como día de descanso (como se verá en el próximo capítulo). Asimismo, nuestros sabios prohibieron tocar instrumentos musicales en Shabat (adelante 17-19).

Si bien el status de los preceptos de preservar el carácter del Shabat como día de descanso y de no realizar en este día acciones mundanas («Ovadín Dejol») es superior al de las restricciones decretadas por los  sabios, desde el punto de vista de la práctica halájica estas últimas son más estrictas. Esto obedece a que las restricciones de los sabios, por ejemplo, la prohibición de realizar una labor de un modo no habitual – «shimui»- o decirle  a un no judío que la realice – se prohíben aunque sean a los efectos de poder cumplir con un precepto (ver arriba 9:3-4, 11), mientras que las restricciones destinadas a preservar el carácter del Shabat se pueden flexibilizar si se trata de cumplir con un precepto (tal como se explicará a lo largo del presente capítulo). Existen prohibiciones constituidas por estos dos principios las cuales, desde la perspectiva del mandato de preservar el carácter sabático, podrían flexibilizarse y permitirse el hacerlas a los efectos de cumplir con un precepto, pero que por tratarse de decretos restrictivos emanados de los sabios no se las puede trasgredir con ese fin.

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