Pninei Halajá

03. Reglas referentes a la anulación del jametz

Según la opinión mayoritaria de los juristas medievales (Rishonim), la base de la norma no requiere que se recite el formato de la anulación sino que es suficiente con anularlo “con su corazón” (para sus adentros), esto es, aceptar en el pensamiento que el jametz está anulado y se lo considera polvo de la tierra. Empero, a priori es necesario anular el jametz verbalmente para que de esta forma el procedimiento sea claro y explícito. Además, muchos de los juristas medievales (Rishonim) consideran que la anulación debe ser expresada verbalmente. Todos coinciden en que la anulación no precisa ser declarada delante de otros, sino que alcanza con que la persona la recite para sí misma y hay quienes lo hacen frente a su familia para recordarles que deben cumplir con el precepto.

La anulación del jametz debe ser hecha con plena aceptación y corazón íntegro (de buena gana), esto significa que la persona debe estar de acuerdo con que el jametz en cuestión será nulo para ella y que no lo habrá de usar pasado Pesaj. Sin embargo, si tiene intención de emplearlo después de pasada la fiesta su anulación no es válida y trasgrede por el jametz poseído y visto (“Bal Ieraé Ubal Imatzé”). Incluso si se desentiende de su jametz en un sitio público deberá de pensar en no volver a obtenerlo después de Pesaj pues si no su renuncia a la propiedad no es completa (Mishná Berurá 445:18).

Tal como vimos anteriormente (arriba 3:4), según la Torá la anulación es suficiente para cesar el jametz, y aunque a la persona le haya quedado una importante cantidad de este puede igualmente anularlo y de esa manera no trasgrede las prohibiciones de poseer y de ver su jametz (“Bal Ieraé Ubal Imatzé”). Esto es así siempre y cuando la anulación sea completa y la persona asuma que nunca más volverá a disfrutar del jametz. Empero, nuestros sabios temieron que esta anulación no sea íntegra o completa por lo que instituyeron que se elimine el jametz de la casa. Sin embargo, a posteriori, si una persona olvidó eliminar el jametz de su hogar y llegó la víspera de Pesaj y se encuentra lejos de este, alcanzará con que lo elimine y ni bien regrese deberá quemarlo de inmediato. Incluso si llega a su casa en vísperas de Pesaj deberá eliminarlo pues de no hacerlo, demostrará retroactivamente que su anulación no fue sincera (Shulján Aruj 448:5, Mishná Berurá 25).

La norma permite anular el jametz mediante un enviado o representante (“Shelíaj”), empero, a priori es preferible que el dueño lo anule por sí mismo, pues hay quienes consideran que sólo este puede hacerlo (Shulján Aruj 434:4, Mishná Berurá 15).

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