Pninei Halajá

10. ¿En qué caso una mujer casada puede comer antes de haber rezado?

En el caso de una mujer que no puede rezar inmediatamente después de haberse levantado pues necesita atender a sus niños y realizar las tareas correspondientes que le insumen un tiempo prolongado; y si no bebe café o té no logra concentrarse, podrá hacerlo antes de rezar. Esto se debe a que su ingestión no implica soberbia sino que obedece a una necesidad, el estar lúcida para atender a sus niños. Si además necesita ingerir una fruta o un pastel sin los cuales sentirá una debilidad que le impedirá ocuparse de los niños, podrá hacerlo ya que lo hace con el fin de fortificarse y no como un acto de soberbia. Empero, debe recordar recitar las bendiciones matinales y de la Torá antes de la ingesta.

En el caso de una mujer que acostumbra a rezar diariamente Shajarit, si su marido regresa de la sinagoga siendo ya la hora del desayuno y ella aún no  ha rezado, que recite las bendiciones de la Torá que contienen una breve plegaria, que desayune con él y luego que complete las bendiciones matinales y rece Amidá. Esto se debe a que de acuerdo con la halajá, el orden familiar adecuado implica que la mujer coma con su marido, por lo tanto, a los efectos de no demorarlo que desayune con él. Luego de la comida que complete las bendiciones matinales y la Amidá. En caso de ser posible, que intente recitar las bendiciones matinales antes del desayuno ya que es bueno recitarlas inmediatamente después de levantarse. Todo esto aplica en el caso que el marido tenga prisa por salir, mas de ser posible, es mejor que la mujer concluya primero con el recitado de las bendiciones matinales, las de la Torá, la Amidá y luego coman juntos.

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