03. Los alejamientos requeridos para evitar la mezcla de semillas

La regla fundamental en las halajot de la mezcla de semillas es que si dos especies parecen separadas una de la otra – los cultivos se permiten, y si parecen mezcladas – estos se prohíben.

Cuanto mayor sea la dimensión del campo mayor será la separación requerida para que la distancia entre las especies resulte notoria. Otro tanto ocurre en lo referente al número de hojas, su tamaño y su longitud. En el caso de cereales de espigas altas se requiere una separación importante, mientras que en el de las verduras esta es menor, salvo en el caso de aquellas cuyas hojas sean especialmente grandes.

Verduras: Según la Torá la separación entre verdura y verdura debe ser de un palmo (unos 8 cm.) y los sabios agregaron un cerco protector (siyag) al cumplimiento de la norma y extendieron la distancia a un palmo y medio (unos doce centímetros). Si las dos especies de verduras fueron separadas como corresponde y sus ramas crecieron hasta tocarse, dado que hay una distancia de un palmo y medio entre las espigas o los tallos que surgen de la tierra – no se incurre en la prohibición de kilaim o mezcla. Esto es así a excepción de algunas pocas verduras tales como la calabaza, cuyas hojas son especialmente grandes y tienden a extenderse hacia las plantas contiguas, por lo que resulta preciso tener el recaudo de que las dos especies no se toquen. Todo esto aplica para los canteros del jardín, pero si se trata de dos campos con un cultivo diferente en cada uno, es preciso separarlos por medio de un cuadrado de un codo por un codo (un codo mide aproximadamente 50 cm.) y el resto del límite puede ser del ancho de un palmo.

Granos: Dado que los cereales se suelen sembrar en grandes extensiones, la separación entre las especies debe ser mayor. Según la Torá, la separación debe ser de un codo, y los sabios agregaron un ‘cerco protector’ a la norma y dijeron que esta distancia resulta suficiente solamente cuando se trata de superficies pequeñas cuyo ancho no excede un codo, pero si se sembró en un terreno de dimensiones medianas cuyo ancho es de un codo y más, resulta preciso separar las parcelas por medio de un cuadrado de dos codos por dos codos (aproximadamente un metro por un metro) que luego debe irse reduciendo en diagonal  hasta que quede algo de separación entre ambos campos. En caso de haberse sembrado granos en una gran extensión de campo, tal como suele hacerse, es preciso separar entre las parcelas por medio de un cuadrado de cinco metros por cinco metros (Beit Rova) y en el resto de la superficie corresponde dejar una separación de un codo de ancho a lo largo de los dos terrenos.

En lo que respecta a las legumbres, surgió la discusión de si aplicarles la normativa de la verdura o la del grano, y en virtud de la duda, sea cual sea la dimensión del campo, es preciso dejar un codo de distancia entre los dos cultivos. Cuando se siembran cereales junto a verduras o legumbres, o verduras junto a legumbres, las normas a aplicar son complejas y dependen de la dimensión del campo, pero de todas maneras no son más estrictas que en el caso de los cereales.

En caso de haber una cerca divisoria de diez palmos de altura (unos 80 cm.) entre dos campos, si esta es de cañas y entre cada una de estas hay no más de tres palmos, ya no es necesario separarlos, pues la cerca cumple con ese cometido. Y aunque se sepa que debajo la tierra las raíces de ambas especies se extienden unas hacia las otras, mientras resulte notoria la separación que provee la cerca, no se incurre en la prohibición de mezcla de semillas o kilaim. Asimismo, de haber entre los campos un camino de cuatro codos de ancho (1.84 metros) o un lugar de ese ancho disponible para su labrado, no es necesario separarlos por medio de un cuadrado grande de cinco metros por cinco metros.

Índice de halajot en el capítulo

Índice de capítulos

Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
Ordenar ahora