04- La distribución de los obsequios

Los dueños de los frutos producidos tienen el privilegio de poder escoger a qué cohen entregarle las ofrendas y a qué leví otorgarle los diezmos, tal como fue dicho (Bamidbar-Números 5:10): «Empero, cada hombre, lo que consagrare, de él será: cuando el hombre se lo diere al cohen, para él será».

Este derecho generó un vínculo personal de los israelitas con los cohanim y los leviím y motivó a estos últimos a dedicarse plenamente a su labor sagrada en el seno de los miembros de sus comunidades, para que, por su parte, estos deseen otorgarles sus obsequios.

Quien se esmeraba en la enseñanza de la Torá a niños y adultos, y las personas recibían de él tanto aliento como consejo, tenía el privilegio de ser el preferido a la hora de la entrega de los obsequios. Por otra parte, quien ignoraba a los miembros de su comunidad, los trataba displicentemente o era perezoso en la misión de la enseñanza de la Torá, recibía un trato semejante a la hora de la distribución.

Una vez que el cohen recibe los frutos de la ofrenda, estos pasan a ser de su propiedad, puede vendérselos a otros cohanim para que los ingieran en estado de pureza y con el dinero recibido es libre de comprar lo que desee (Tratado de Julín 131(A)). Sin embargo, dado que un cohen tiene prohibido comerciar con las terumot (Mishná Shevi’ít 7:3), no debería llegarse a una situación en la cual cohanim y leviím determinados -por quienes el público tiene un especial cariño y respeto en virtud de su sabiduría y dedicación- reciban obsequios en demasía al tiempo que sus compañeros no perciban nada, ya que los regalos consisten en alimentos, y luego de que los cohanim y los leviím más admirados hubieren satisfecho todos sus menesteres abundantemente, ya no tiene sentido continuar trayéndoles obsequios que sus familias no podrían consumir.

En un caso así, para el dueño del campo resultaba más conveniente trabar contacto con otros cohanim o leviím que estuvieren más disponibles de tiempo para entablar con ellos una relación espiritual y de estudio, y posteriormente entregarles sus obsequios. De ese modo se establecía un vínculo continuo entre la totalidad de los israelitas y el conjunto de los cohanim y leviím, de manera que los miembros más dedicados de la tribu de Leví resultaban privilegiados ya que recibían primeros su sustento y con abundancia, al tiempo que aquellos que exhibían un semblante menos afable y no se habían esmerado lo suficiente en la instrucción de sus alumnos, recibían un menor número de obsequios. En años difíciles y de cosechas escasas, no había suficientes obsequios para mantener a todos los cohanim y a todos los leviím, por lo que quienes no servían a sus comunidades como correspondía podían padecer de carestía.

Según el orden aceptado, los cohanim y los leviím que estaban vinculados al propietario del campo llegaban al punto de recolección de los frutos para recibir sus obsequios, ya que era deber del dueño de la producción separar las ofrendas y los diezmos, mas no conducirlos a las casas de los beneficiarios. Para el caso de que los cohanim y los leviím no se presentasen en el campo, nuestros sabios establecieron que el productor lleve los obsequios hasta sus hogares o contrate empleados que lo hagan, y por su parte, los beneficiarios debían pagar el precio que solía abonarse por el transporte (Tratado de Julín 134(B), Rambám Hilkot Terumot 12:17). Obviamente, cuando el dueño del campo deseaba entregar los obsequios a un cohen o un leví que eran eruditos en la Torá, él mismo se ofrecía a realizar el envío para no interrumpirlos en su estudio.

Los cohanim y los leviím tenían prohibido tomar los obsequios sin permiso, y asimismo, tenían también prohibido ayudar al dueño del campo en su labor para que este a su vez les otorgase las ofrendas o los diezmos, ya que mediante ese proceder atentaban contra el bienestar de sus compañeros y profanaban el Nombre Divino. Quienes así procedían, denigraban su sagrado rol y es de suponer que tampoco enseñaban Torá como correspondía, y sobre ellos dijo el profeta Malají (Malaquías) (2:8-9): “Mas vosotros os habéis apartado del camino; habéis hecho incurrir en el error a muchos en la ley; habéis corrompido el pacto de Leví, dice HaShem Tseva-ot (de las Huestes). Por tanto, Yo también os he hecho viles y bajos ante todo el pueblo, tal como vosotros no habéis guardado Mis caminos, y al aplicar la Torá tratáis desigualmente a las personas”.

Además, los cohanim y los leviím tienen prohibido solicitar sus ofrendas o diezmos de un modo no honorable, pues estos obsequios son de HaShem, y Él ordenó entregárselos dignamente, como fue dicho (Bamidbar-Números 18:8): “Pero Yo te he entregado a ti la custodia de Mis ofrendas, todas las ofrendas sacras de los hijos de Israel a ti te las he conferido para distinción …” para que puedan enseñar Torá dignamente, tal como fue dicho “Pues los labios del sacerdote custodian el conocimiento, Y la Torá habrán de buscar de su boca, pues él es  enviado de HaShem Tseva-ot (de las Huestes)” (Tratado de Bejorot 26(B), Tosafot 51(B) ‘הלכך’, Rambám Hiljot Terumot 12:18-19).

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Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
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