Los frutos del árbol del cuarto año (neta revai) están exentos de ofrendas y diezmos. Tal como es sabido, los frutos del árbol que crecen durante los primeros tres años queda prohibido consumirlos por entrar en la categoría de orlá, y los del cuarto tienen el estatus de neta revai, son sagrados y es preceptivo comerlos en Jerusalém en estado de pureza (ver arriba 2:9). Dado que estos frutos están consagrados para un precepto, no se deja de estos leket, shijejá ni peá para los pobres ni se separan ofrendas ni diezmos (terumot uma’asrot) (Rambám Hijlot Neta Revai 9:4).
De los frutos de los que se duda si son del cuarto o del quinto año se separan ofrendas y diezmos sin el recitado de la bendición correspondiente, pero no resulta obligatorio separar el ‘primer diezmo’ para el leví ni el ‘diezmo del pobre’ para los necesitados, ya que se trata de una detracción de bienes y esta no es posible de no mediar una prueba clara de que se trata de una deuda que deba pagarse – por lo que no resulta obligatorio hacerlo (Rambám Hiljot Ma’aser 13:20-21).
Los frutos que crecen durante el año sabático no pertenecen a nadie (son hefker) y están exentos de la separación de ofrendas y diezmos.
Frutos de leket, shijejá, peá, peret y olelot que deben ser dejados para los pobres – están exentos de la separación de ofrendas y diezmos.