05- La temporada de los diezmos y el conteo de los años

El precepto de separar ofrendas y diezmos rige únicamente después de concluida la labor de la recolección de la cosecha y tras fijarse que debe ser diezmada (ver adelante 6-7), sin embargo, la ‘temporada de los diezmos’ (onat hama’asrot) de acuerdo con la cual se fija el año de los diezmos, se establece de acuerdo con el momento en que las frutas pasan de ser ácidas a transformarse en comestibles en caso de gran necesidad. Y es en ese momento que brotan los frutos en el árbol. La señal de que nos encontramos en la ‘temporada de los diezmos’ es que, a partir de esta, si se siembran cereales, legumbres o las semillas de una fruta – crecerán.

La ‘temporada de los diezmos’ u ‘onat hama’asrot’ es la que fija el año del diezmo para las frutas del árbol, los cereales y las legumbres (salvo las verduras). Los frutos que llegaron a la temporada de los diezmos antes de su año nuevo pertenecen al año anterior, y si lo hacen después de su año nuevo pertenecen al año siguiente. Hay dos halajot fundamentales que dependen de ello.

La primera: es necesario separar ofrendas y diezmos de los frutos de ese año, tal como fue dicho (Devarim-Deuteronomio 14:22): «Diezmar habrás de diezmar todo el producto de tu sementera: lo que sale del campo de año en año», «ello nos enseña que no se diezma de un año para otro» (ídem Sifrei). En caso de que se diezmasen frutos de un año para el otro, la acción quedará sin efecto (Mishná Tratado de Terumot 1:5, Rambám Hiljot Terumot 5:11).

La segunda: en los años 1,2,4 y 5 del ciclo sabático se separa el segundo diezmo (ma’aser shení) y en los años 3 y 6 se separa el diezmo del pobre (ma’aser aní) y el tiempo que determina el año respecto a los frutos es la ‘temporada de los diezmos’.

El año nuevo para los cultivos de los cereales y las legumbres es el día 1 de Tishrei. Todos aquellos cultivos que hubiesen alcanzado el estatus de ‘temporada de diezmos’ antes de esa fecha pertenecerán al año anterior, y todos aquellos que lo hiciesen después pertenecerán al año siguiente.

El año nuevo para los frutos del árbol se pospone en cuatro meses y medio hasta el día 15 de Shevat, porque cada fruto que brote antes del 15 de Shevat, por ejemplo, los cítricos, es sabido que creció por efecto de las lluvias del año anterior y por ello se los considerará del año pasado. Si brotasen pasado el 15 de Shevat, como es el caso de la mayoría de los frutos, serán considerados del nuevo año ya que crecieron por efecto de sus lluvias. Sin embargo, en el séptimo año, el año del árbol comienza el 1 de Tishrei, ya que todo lo que hubiere crecido y dado su flor entre esa fecha y el 15 de Shevat pertenecerá a todos (hefker) y por ende estará exento de ofrendas y de diezmos, y lo que brotare desde el 1 de Tishrei hasta el 15 de Shevat del año posterior al sabático será considerado como perteneciente al primer año del ciclo (Peat HaShulján 22:14, Pninei Halajá Sheviít 3,6).

En el caso de las verduras la norma es diferente. El año nuevo de las verduras es el 1 de Tishrei, al igual que los cereales y las legumbres, no obstante, su temporada de diezmos es en el tiempo de la cosecha y no al crecer un tercio de su tamaño final. Ello es así debido a que crecen por medio del riego y por ende pueden cultivarse a lo largo de todo el año por lo que el factor determinante no es su crecimiento sino su cosecha.

Además, las verduras no maduran de una vez, por lo que es razonable pensar que, si el año al que pertenecen se determina por el momento en el que alcanza carácter comestible en caso de gran necesidad (sheat hadjak), en una misma parcela vamos a tener verduras que pertenecen al año pasado y otras al siguiente sin que resulte posible diferenciar entre ellas. Por lo tanto, nuestros sabios establecieron que su año del diezmo se fije según el tiempo de su cosecha que es claro, siendo esta la norma que se aplica al arroz, al mijo y al sésamo o ajonjolí (Tratado de Rosh HaShaná 14(A)).

En el caso del etrog, al igual que la verduras crece con cualquier agua, y cuando se lo riega continúa creciendo más allá de su temporada natural, por lo que el año al que pertenece su diezmo se fija por el momento de la cosecha. Sin embargo, dado que se trata de un árbol, su año nuevo cae el día 15 de Shevat. Pero en el caso de los demás cítricos – su año de pertenencia se fija según el momento del brote y su flor, dado que poseen una temporada fija en la cual crecen y son cosechados.

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Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
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