16 – Obsequios para el cohen provenientes del mundo animal

Reshit HaGuez (la primera lana esquilada): Los sabios tanaítas debatieron respecto de la cuestión de si el precepto de entregar la primera lana esquilada al cohen aplica también en el extranjero y la halajá que se dictó fue que no, tal como las ofrendas y los diezmos que no se separan fuera de la tierra de Israel (Tratado de Julín 136(B), Shulján Aruj Yoré De’á 333:1). Respecto de la vigencia del precepto de obsequiar la primera lana esquilada en la tierra de Israel, hay autoridades halájicas que sostienen que esta rige según la Torá, y otras consideran que rige por prescripción rabínica, al igual que las ofrendas y los diezmos.

HaZeroa, HaLejaiaim VeHakeivá (El brazo, la quijada y el cuajar): Según todos los juristas, en todo territorio que se encuentre bajo jurisdicción israelí deben ser entregados por prescripción de la Torá.

Sin embargo, debatieron respecto de la obligatoriedad del precepto en el extranjero. Según la opinión de muchas de las autoridades halájicas el carácter preceptivo de su entrega es similar al de la primera lana esquilada, las ofrendas y los diezmos, y por lo tanto, en el extranjero no es necesario separarlos (Rashí, Tosafot, HaMaor, Rashbá). Otras eminencias entienden que en el extranjero se está exento solamente de la entrega de la primera lana esquilada, la cual fuera equiparada a las ofrendas y a los diezmos en cuanto a su exención fuera de la tierra de Israel, pero en cuanto al resto de los obsequios provenientes del mundo animal, estos deben ser entregados ya que el ganado no crece de la tierra y todos los preceptos que referidos a las bestias rigen también en el extranjero (Rambám Hiljot Bikurim 9:1). En la práctica, en el extranjero se acostumbra a no entregar presentes al cohen (Shulján Aruj 61:21), y hay quienes proceden con excelencia y sí lo hacen.

Índice de halajot en el capítulo

Índice de capítulos

Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
Ordenar ahora