Entre las especies de bichos alados (sheretz ha’of) prohibidos se incluyen todas las que poseen tres pares de patas amén de alas, entre ellas, las avispas, las abejas, las moscas, los grillos, la mantis y las langostas. Entre las langostas, cuya característica saliente es que saltan o rebotan sobre la tierra, hay algunas especies que son puras, tal como fue dicho (Vaikrá 11:20-21): “Todo bicho alado que anda sobre cuatro patas, abominable es para vosotros. Empero éste podréis comer entre todos los bichos alados que andan sobre cuatro patas: el que tiene zancas por sobre sus patas, para saltar con ellas sobre la tierra”.
De la Torá aprendimos dos señales de pureza en la langosta: 1) Que posee dos pares de patas comunes. 2) Patas traseras, un tercer par de patas traseras y elevadas destinado a rebotar. Nuestros sabios agregaron según la tradición dos señales más: 3) Poseen cuatro alas. 4) Sus alas cubre la mayor parte de su cuerpo (Tratado de Julín 59(A)).
En la Torá se mencionaron cuatro especies puras, tal como fue dicho (Vaikrá-Levítico 11:22): “De éstos podréis comer: el arbé en todas sus especies y el sol’ám en todas sus especies y el jargol en todas sus especies y el jagav en todas sus especies”. Nuestros sabios aprendieron que cada una de estas cuatro posee una especie adjunta, al arbé la acompaña la espora de los viñedos, al sol’ám la acompaña la yojaná yerushalmit, al jargol la artzubiá, y al jagav la razbanit (Tratado de Julín 65(A), Rambám Maajalot Asurot 1:22).
Aunque a la langosta no le hubiesen surgido aun estas señales, si en un futuro habrán de hacerlo, se trata de una especie pura cuya ingestión está permitida.
Hay quienes sostienen que el nombre genérico de todas las especies puras es ‘jagav’, y cada especie que posee señales de pureza, pero su nombre general no es jagav – es impura y está prohibido ingerirla (Rabí Ytzjak ben Meir, Rosh, Rambán, Rashbá según la opinión de Rabí Yosei). Por ello, en la actualidad no se ingieren langostas por medio de la mera identificación de sus señales de pureza, sino que es preciso que exista una tradición según la cual se la denomine ‘jagav’ (Shulján Aruj 88:1). En caso de existir una tradición específica respecto de que una especie determinada es pura, es sabido que se llama ‘jagav’.
En las últimas generaciones se ha transmitido una tradición que las permite tanto en el Yemen como en Marruecos, que es donde se encuentra el jagav. El jagav está permitido según la tradición, es la especie que se denomina arbé en sus diferentes variaciones, que a veces se junta en imponentes bandadas que acaban con todo el manto vegetal.
Al igual que los peces, los jagavim no precisan ser faenados, ni se aplica sobre estos la prohibición de ingerir un trozo de un animal vivió (ever min hajai). Por lo tanto, está permitido cortarles un órgano y comerlo mientras están aún con vida. No obstante, se prohíbe morderlos mientras aún están vivos en virtud de la prohibición de “no incurrir en abominaciones”, y porque además se trata de una acción sumamente cruel (Da’at Cohen 12). Incluso, se prohíbe pasarlo junto a la boca como si se estuviese por consumirlo, para “no incurrir en abominaciones”, prohibición en virtud de la cual nos abstenemos de realizar acciones desagradables (Tratado de Shabat 90(B), Ramá 13:1).