04 – El desarrollo de las prohibiciones sobre el pan, el vino y el aceite elaborado por gentiles

En el tiempo previo a la destrucción del Segundo Templo, en una tensa reunión que tuviera lugar en el altillo de la casa de Jananiá ben Jizkiá, los discípulos de la escuela de Shamai debatieron con los de la escuela de Hilel, y cuando llegó el momento de contar los votos, los discípulos de Shamai resultaron estar en mayoría, y en ese día                          se decretaron dieciocho prohibiciones. La mayoría de estas se ocupaban de agregar cercas protectoras a las leyes de pureza e impureza, especialmente en lo que respecta a aquellos factores que vuelven no aptas a las ofrendas (terumot) que los cohanim comían en estado de pureza, y decretaron también prohibiciones sobre el vino, el pan y el aceite elaborado por gentiles (Tratado de Shabat 13(B) y 17(B), Tratado de Avodá Zará 35(B)).

La discusión entre las escuelas de Hilel y Shamai era de principios, los discípulos de Shamai tendían a adoptar una actitud más estricta y entendían que para fortificar la observancia de la Torá, era necesario fijar prohibiciones y limitaciones suplementarias. Por su parte, los de la escuela de Hilel entendían que era preferible concentrar los esfuerzos en la educación y alivianar un poco los decretos prohibitorios ya que exagerar en las prohibiciones hace fracasar al pueblo con normas que le resulta difícil cumplir. Por lo general, la Halajá fue sentenciada conforme la opinión de la escuela de Hilel ya que eran más numerosos y sus ideas eran mejor recibidas tanto por D’s como por los hombres.

Y tal como dijeran nuestros sabios (Tratado de Eruvín 13(B)): “Durante tres años debatieron las escuelas de Hilel y Shamai… se oyó una Voz Celestial que dijo: tanto estas como aquellas son palabras del D’s viviente, y la Halajá es conforme la opinión de la escuela de Hilel… porque eran apacibles y humildes, y citaban tanto sus ideas como las de la escuela de Shamai, más aún, antecedían las palabras de la escuela de Shamai a las suyas propias”. Sin embargo, en aquella reunión los discípulos de la escuela de Shamai excedieron en número a los de la escuela de Hilel y cuando estos últimos solicitaron disolver el cónclave y continuar debatiendo los temas más adelante, los sabios de la escuela de Shamai, clavaron una espada en la casa de estudio y exigieron definir la halajá, la cual fue sentenciada conforme a su opinión.

Sobre estos decretos prohibitorios, dijo Rabí Eliezer, cuya opinión se inclinaba por la de los miembros de la escuela de Shamai: “En ese día, ‘completaron el recipiente’” (higdishu et haseá), esto es, establecieron normas restrictivas preventivas de manera apropiada y correcta, a los efectos de alejar al pueblo de la posibilidad de incurrir en transgresiones. Por su parte, Rabí Yehoshúa, que pertenecía a la escuela de Hilel dijo: “En ese mismo día la dejaron sin efecto (lit. ‘la borraron’)”, esto es, dictaminaron demasiados decretos prohibitorios que al público se le hicieron difíciles de adoptar, y al transgredir decretos rabínicos finalmente las personas se ven arrastradas a transgredir prohibiciones de la Torá (Talmud Jerosolimitano Tratado de Shabat 1:4, Rashi al Tratado de Shabat 153(B)).

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Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
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