Más allá de lo que estudiamos en el inciso anterior, en virtud de la tradición y el cuidado de la separación parece que también según los principios de la Halajá el deber de kasherizar los utensilios de metal se mantuvo vigente sin cambio alguno.
En efecto, aprendimos que, según la opinión mayoritaria, el deber de la Torá de kasherizar los utensilios aplica únicamente al primer día, que es cuando los sabores absorbidos y adheridos al utensilio son aún buenos y apreciables. Pero una vez pasado un día, los sabores se deterioran y ya no tienen la capacidad de tornar en prohibidos a los alimentos cocidos en la olla, y aun así, los sabios establecieron que por cuanto que al principio los sabores eran buenos, después de deteriorarse también está prohibido utilizar el utensilio sin mediar una previa kasherización que sea semejante al modo en como los sabores fueron absorbidos (arriba halajá 3). De igual manera, en la actualidad, incluso después de haber lavado los utensilios como corresponde con detergente, por normativa rabínica resulta obligatorio kasherizarlos.
De acuerdo con la opinión de sabios medievales y de las últimas generaciones que entienden que pasado el primer día el deber de kasherizar el utensilio se origina también de la Torá, aunque los sabores se hayan estropeado, un utensilio que haya sido bien lavado con detergente debe también pasar kasherización según la sagrada Torá.
De acuerdo con el sentido simple y literal del versículo: “Todo objeto que se usa en el fuego lo habréis de pasar por fuego… y todo lo que no se use en el agua lo habréis pasar por el agua”. O sea, toda olla en la que se haya cocinado taref queda prohibido su uso mientras no haya sido kasherizada por medio de su inmersión en agua hirviendo (hag’alá), y todo aquel utensilio que fuera utilizado en el fuego queda prohibido hasta que no sea kasherizado por medio de su exposición al fuego (libún). Asimismo, esto es lo que se desprende del enfoque de numerosos sabios medievales que entienden que el principio según el cual cuando un alimento prohibido saboriza a otro que es kasher, este último quedará vedado a pesar de que en su interior no hay partes del alimento prohibido (ta’am keikar miderabanán) -es de prescripción rabínica.