No se apartan ofrendas, diezmos ni jalá en Shabat, ya que quien lo hace se asemeja a quien consagra los frutos para el Cielo, y además se ve como quien mejora los frutos para tornarlos aptos. Asimismo, en Shabat no se redime el segundo diezmo (ma’aser shení) ni el fruto del árbol del cuarto año (neta revai). Quien por error hubiese separado o redimido, podrá comer de los frutos en Shabat. En caso de haberlo hecho adrede, lo hecho, hecho está y los frutos estarán habilitados para su consumo, pero ningún judío podrá ingerirlos hasta que hubiere concluido el Shabat. Lo mismo ocurre en el caso de las festividades o yamim tovim (Shulján Aruj Oraj Jaím 339:4, 524:1, Mishná Berurá 339:25-26, Jatam Sofer Oraj Jaím 79, ver adelante 11:13).
Quien teme no alcanzar a separar las ofrendas y los diezmos de los frutos destinados a ser consumidos en Shabat, en la víspera del día sagrado habrá de pronunciar la declaración de la separación de las ofrendas y los diezmos en tiempo futuro, sin recitar la bendición correspondiente, por aquello que habrá de apartar durante el Shabat, y de esa manera el proceso de la separación habrá comenzado en la víspera del Shabat. Así, durante el día sagrado podrá apartar las ofrendas y los diezmos con el formulado común y su bendición correspondiente. Asimismo, quien temiera que no habrá de alcanzar a separar la jalá, podrá hacerlo de esta misma manera.
Solamente el propietario de los frutos puede comenzar el apartado en víspera de Shabat y terminarlo durante el Shabat. Un huésped que tema que su anfitrión pudiera olvidarse de separar ofrendas y diezmos podrá solicitarle a este en la víspera de Shabat que lo nombre su enviado para hacerlo y de ese modo podrá -por comisión del anfitrión- comenzar el proceso de apartar ofrendas y diezmos en la víspera de Shabat y concluirlo durante el Shabat (Mishná Tratado de Demai 7:1, 5, Talmud Jerosolimitano ídem, Rambám Hiljot Ma’aser 9:7-9).