Cuando se tiene la intención de preparar masa para sufganiot, fideos, ptitim, kreplaj o mandalaj – dado que se tiene la intención de tornarlos en aptos para su consumo por medio de la cocción en agua o el freído en aceite profundo, la masa está exenta de la separación de jalá. Hay autoridades halájicas que sostienen que todas estas masas requieren de la separación de jalá ya que la obligación recae al momento de la preparación de la masa, y como en estos casos se trata de una masa gruesa que puede ser horneada para la elaboración de pan, aunque se tenga la intención de cocerlos, resulta obligatorio separar la jalá (Rabenu Tam). En la práctica, la halajá es conforme a la opinión mayoritaria de los juristas, que entienden que, dado que se tiene la intención de cocer o freír la masa, no se la considera ‘pan’ y aunque se fije con ellas una comida, las bendiciones a recitar serán Mezonot y Al HaMijiá. Sin embargo, a priori, es correcto tratar de cumplir de acuerdo con todas las opiniones, por lo que en un caso así se suele separar la jalá sin recitar la bendición correspondiente.
En caso de que se hornease una parte de la masa que se tiene la intención de cocer, aunque tan solo se trate de un volumen equivalente al de una pequeña torta, según todas las opiniones se deberá separar jalá del artículo que se ha de hornear recitando la bendición correspondiente. Este es el consejo para quien desee salir de duda y tener el mérito de poder cumplir el precepto: decidir a priori que de la masa en cuestión se ha de elaborar en el horno o sobre la sartén una pequeña torta (Maharam de Rotenburg, Shulján Aruj 329:4).