05- El decreto de los profetas para con las ofrendas y los diezmos en Babilonia

A finales de los días del Primer Templo, tras el ostracismo del rey Yehoiajín, cuando comenzó a formarse una comunidad de exiliados judíos en Babilonia, los profetas establecieron que se separen también ofrendas y diezmos de los frutos que creciesen en la región de Shin’ar, que es Babilonia, porque esta es contigua a la tierra de Israel y muchos de los judíos se mudaron allí y comenzaron a habitarla. El decreto estaba destinado a preservar los valores de la mitzvá en el seno de los exiliados y ayudar a los necesitados. Quizás, también temieron que hubiera judíos que prefirieran abandonar la tierra de Israel para quedar exentos del deber de separar un veinte por ciento de la cosecha y destinarlo a ofrendas y diezmos. Por lo tanto, se estableció que estos se separasen también en Babilonia. Dado que allí no aplica el precepto del año sabático, se estableció que en el séptimo año se separasen ofrendas y diezmos amén del segundo diezmo (se explicará adelante en 13).

Tal como parece, en Babilonia se continuaron separando ofrendas y diezmos incluso después de la destrucción del Templo, se continuó también con el conteo de los ciclos sabáticos ya que es la base del orden de la separación de las ofrendas y los diezmos, pues en los años 1,2,4,5 y 7 se debía separar el segundo diezmo (ma’aser shení) y en los años 3 y 6 el diezmo del pobre (ver Rambám Hiljot Shemitá Veyovel 10:5). No obstante, en la tierra de Israel el deber quedó sin efecto, aunque hubo quienes continuaron separando ofrendas y diezmos en virtud de que era una costumbre, sin estar obligados a hacerlo, hasta que regresaron los miembros de la Gran Asamblea (Kneset Haguedolá) y consagraron por segunda vez a la tierra de Israel.

Aun después de que la tierra fuera consagrada por segunda vez, el decreto de los profetas se mantuvo vigente, y los ancianos que lideraron al pueblo de Israel después de Ezra el escriba instituyeron que también en Egipto se separen ofrendas y diezmos pues también allí residía una comunidad judía numerosa. Sin embargo, decretaron que en el séptimo año en Egipto se separe el diezmo del pobre para que los menesterosos de la tierra de Israel pudieran respaldarse en él durante el año sabático. Asimismo, posteriormente decretaron que se separasen ofrendas y diezmos en las tierras de Amón y Moav y se estipuló que el séptimo año se separe allí el diezmo del pobre (Mishná Tratado de Yadaim 4:3).

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Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
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