02. Error e interrupción en medio de la Amidá.

Si una mujer se recuerda en medio de la Amidá que se salteó o equivocó en una de las trece bendiciones intermedias debe regresar a la bendición en cuestión y de allí continuar rezando según el orden estipulado. Si bien está repitiendo bendiciones ya recitadas, dado que todo lo recitado posteriormente al error u omisión no fue de acuerdo al orden correcto se considera como si no lo hubiera dicho y debe volver a recitarlas según el orden adecuado (Talmud Babilonio Tratado de Berajot 34(A) según la interpretación de Rashbam, Shulján Aruj 119:3).

Si alguien se salteó o se equivocó en una de las tres primeras o tres últimas bendiciones de la Amidá, si ya había concluido de pronunciar esa bendición, o bien la había salteado habiendo comenzado con la siguiente, deberá volver al inicio de las mismas. Esto se debe a que tanto las tres primeras bendiciones como las tres últimas se ocupan de un mismo tema (ver arriba 12:9) por lo que se consideran como una sola unidad. Por lo tanto, quien se equivoca en una de estas es como si hubiese errado en todas las tres y debe retornar al inicio de las mismas (Talmud Babilonio Tratado de Berajot 34(A), Ramá 114:6 y un ejemplo de esta regla a continuación en la halajá 8).

Si la persona ya terminó la Amidá y recuerda haberse salteado algún pasaje de la misma, deberá volver a rezar. Incluso si aún no retrocedió los tres pasos finales, pero ya concluyó la sección de las súplicas finales y está por retroceder, debe volver a comenzar a rezar (Shulján Aruj 117:5).

Si alguien interrumpió brevemente en medio de la Amidá, tanto sea mediante la palabra o silenciosamente, si esta interrupción fue breve habrá de continuar desde donde se detuvo. Pero si la interrupción fue extensa, esto es, equivalente al tiempo que lleva recitar todo el rezo de principio a fin, deberá volver al inicio de la Amidá. Hay quienes opinan que no hay diferencia si la interrupción se debió a una razón de fuerza mayor o voluntaria, lo que define es el lapso que esta interrupción demoró y como equivale al tiempo que lleva recitar todo el rezo, habrá  de volver al principio (Shulján Aruj 104:5 y esta es la usanza de los sefaradíes). Otros juristas opinan que solamente si la interrupción se debe a una razón de fuerza mayor deberá reiniciar, empero si la interrupción fue voluntaria y habiendo sido prolongada, vuelve a rezar desde el sitio donde anteriormente se detuvo (Ramá 65:1, Mishná Berurá 104:16 y esta es la usanza de los ashkenazíes).

Más adelante (14:1-2) se explicará en virtud de cuál necesidad se permite interrumpir el rezo.

Índice de halajot en el capítulo

Índice de capítulos

Conjunto de libros Peninei Halajá en español /11 volúmenes
Ordenar ahora

Llego el momento de tefila

Únete al estudio de las leyes de tefila en el proyecto de la ley diaria de pnine halaja

Empezamos el 6.3.23

Código promocional: KS6G8SCH

Para recibir la ley diaria