Pninei Halajá

07 – Los detalles del Juicio.

Hay personas que no están específicamente destinadas a la riqueza o la pobreza por lo que su perfil económico es variable, y entonces, si tomó  decisiones éticas en lo relativo al dinero y la caridad (tzedaká), le corresponde por Ley Divina enriquecerse para así poder continuar superándose en la realización de buenas acciones. Empero a veces, D´s sabe que si la persona se ha de enriquecer su inclinación al mal puede impulsarlo a la arrogancia, las bajas pasiones o la mezquindad por lo que podría perder su carácter de justo. Por lo tanto, dado que lo principal es el apego a D´s y de esta virtud depende la vida eterna de la persona, del Cielo, a veces se tiene piedad de la persona y se le sentencia a tener dificultades económicas a los efectos de salvarlo de duras pruebas y permitirle alcanzar el mundo venidero. En caso de que la persona no tenga el mérito suficiente, es posible que se enriquezca en este mundo  empero deberá enfrentar duras pruebas que pueden hacerle descender a profundos abismos.

Otro de los parámetros del Juicio Divino es la intensidad de la prueba que la persona necesita enfrentar a los efectos de optar por el bien y alejarse del mal. Hay individuos que fueron destinados a poseer una inclinación al mal muy poderosa o que se criaron en un entorno negativo y difícil y por lo tanto la poca Torá que consiguen estudiar o las pocas buenas acciones que logran realizar tienen un enorme valor y les hace meritorios de una gran recompensa. Tal como dijeron nuestros sabios (Mishná Tratado de Avot 5:23): «La recompensa es proporcional al esfuerzo». Hay quienes tienen una naturaleza benigna y se criaron en un buen entorno, por lo que en caso de que pequen su castigo será muy severo.

Existe otra variante en el Juicio Divino. A veces, se decreta que un malvado que cumplió algunos pocos preceptos reciba toda la recompensa en este mundo, a los efectos de que se pierda posteriormente en el Guehinom. Asimismo, a veces se decreta que un justo que cometió unas pocas faltas reciba todo su castigo en este mundo para así pasar limpio al Gan Eden.  Si bien la recompensa y el castigo en este mundo no son proporcionales a los del venidero, este tipo de sentencia es justo por cuanto que el malvado realizó buenas acciones por motivos exteriores, para poder vanagloriarse ante las personas, y por lo tanto es justo que reciba su recompensa en este mundo perecedero y no en el de la verdad, el mundo venidero. Otro tanto ocurre con la sentencia del justo, dado que su deseo interior es apegarse a D´s, si por error cometió alguna falta, dado que se trata de una inconducta exterior corresponde que su castigo sea también exterior, en este mundo, para que así el justo se vea refinado al punto que no le quede mancha alguna para el mundo venidero (Talmud Babilonio Tratado de Kidushín 39(B), Derej Hashem II 2:6).

Estos son algunos de los criterios que confluyen en la Sentencia Divina. Además, existen algunos parámetros generales de juzgamiento que serán detallados en la siguiente halajá. Desde el punto de vista de la persona, lo más importante es que retorne a D´s ya que si bien el Juicio Divino es insondable, de todas maneras sabemos con certeza que la teshuvá y las buenas acciones siempre son buenas para la persona, y que, además, la principal recompensa es para el mundo venidero y sólo una pequeña porción de la misma se recibe en este mundo. Mientras la persona se encuentra en este mundo que es el ámbito de la libre elección, el valor de sus acciones es inconmensurable y la hacen meritoria de recompensa eterna. Sobre esto dijeron nuestros sabios (Mishná Avot 4:2): «Es mejor una hora de teshuvá y buenas acciones en este mundo que toda la existencia en el mundo venidero».

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