Pninei Halajá

06. Jametz que es encontrado tras el inicio de la prohibición

Quien encuentra jametz en su posesión después del mediodía del día 14 debe eliminarlo de inmediato. Y en caso de haberse olvidado de eliminarlo, según la Torá deberá hacerlo de inmediato. A priori es preceptivo eliminar el jametz mediante el quemado, y si lo desea podrá eliminarlo por otros medios como desmenuzarlo bien y arrojarlo al viento o desmenuzarlo levemente arrojarlo al inodoro y bajar el agua. Empero si lo arroja a un sitio público es como si no hubiera hecho nada y la eliminación no tuvo efecto.

Si bien antes del inicio de la sexta hora todavía es posible renunciar a la posesión de jametz y colocarlo en un sitio público para de esa manera quedar exento del deber de eliminarlo, tras comenzar ésta pasa a estar prohibido tener beneficio del jametz y ya no hay posibilidad de deshacerse de él ni de las prohibiciones que este acarrea salvo malográndolo por completo.

Y aunque entonces se transforme al jametz en no comestible para un perro vertiendo sobre este algún producto que lo estropee, este no quedará eliminado ya que esta forma de eliminación -transformarlo en no comestible para un perro de modo tal que por no entrar en la definición de alimento tampoco se hace jametz y no recaen sobre este las prohibiciones- es válida únicamente antes de que entre en rigor las prohibiciones de la sexta hora.

Empero, si una vez que la prohibición entra en vigor y el jametz aun es considerado comestible, debe ser cesado por completo y no alcanza con estropearlo hasta transformarlo en no comestible para un perro. Por lo tanto, quien encuentra jametz en su posesión después de que la prohibición entró en vigor deberá quemarlo o desmenuzarlo y arrojarlo al viento o desmenuzarlo levemente y arrojarlo al inodoro pues de esa manera lo hace desparecer por completo. Este precepto se cumple con excelencia mediante la quema del jametz encontrado y estará prohibido obtener beneficio de la ceniza resultante.

Si se encuentra jametz en la casa en un día festivo o en Shabat – no se lo podrá quemar ni mover hasta el inodoro para arrojarlo por tratarse de “muktzé” (objetos que mantenemos apartados en Shabat). Por lo tanto, deberá taparlo con un recipiente para que no sea ingerido por error y ni bien salga el Shabat o la fiesta (Yom Tov) deberá quemarlo. Si esta misma persona también olvidó anular su jametz antes de Pesaj resulta que cada momento que este se encuentra en su posesión trasgrede dos prohibiciones. la de no poseer jametz y la de que este no sea visto (“Bal Ieraé Ubal Imatzé”). A los efectos de ponerse a salvo de estas dos trasgresiones de la Torá, muchos de los juristas consideran que se puede desmenuzar el jametz un poco y arrojarlo al inodoro permitiendo de esta manera trasgredir una norma rabínica como lo es “muktzé”, en aras de no trasgredir prohibiciones originadas en la Torá. Incluso en un caso como este hay juristas estrictos que consideran que no se debe quebrar la prohibición de “muktzé”, por lo que según ellos se deberá esperar hasta que concluya el Shabat y recién entonces eliminar el jametz (Mishná Berurá 446:6).

Respecto del recitado de la bendición: si bien quien encuentra jametz en Pesaj debe eliminarlo, lo hará sin recitar la bendición, pues la que recitó previo a la revisación recae sobre todo el jametz que debe ser posteriormente eliminado. Sin embargo, quien amasa en Pesaj y su masa leuda debe recitar la bendición al eliminarla pues este jametz no se encontraba en su posesión antes de Pesaj durante la revisación o la eliminación, por lo que la bendición entonces recitada no recayó sobre el nuevo leudo (ídem 435:5).

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