Pninei Halajá

03. Cónyuges de diferentes orígenes

Una pregunta muy común es qué debe hacer una pareja en la que uno de los cónyuges proviene de una familia que acostumbra a abstenerse de ingerir legumbres en Pesaj y el otro de una que acostumbra a comerlas. Una de las grandes autoridades rabínicas medievales, Rabí Shimón Ben Tzemaj Durán (Tashbetz 3:179) escribió que esta es una cuestión sencilla y libre de duda alguna, puesto que no es posible que una pareja esté sentada junta a la misma mesa habitualmente y lo que uno puede comer el otro no. Por ello la mujer debe conducirse según la tradición del marido pues «su mujer es como si fuera él mismo» («Ishtó kegufó»). Aprendimos que cuando una hija de Israel se casa con un cohen pasa a ser ella misma «cohenet» y come de las ofrendas especiales que se le elevaban a los cohanim en días del Templo, al tiempo que una hija de cohén que se casa con un israelita pasa a ser «Israel» y ya no puede comer de estas ofrendas («terumá»). De las leyes sacerdotales aprendemos también que si el marido falleció y la viuda tiene de este un hijo o una hija debe mantener las costumbres del difunto marido, y si no tiene hijos del matrimonio habrá de volver a la tradición de su familia original (empero en caso de que se trate de un matrimonio en el cual el marido no proviene de una familia judía se sigue la tradición de la familia de la mujer pues ella es quien les confiere a los hijos el status de judeidad y no el padre).

El Rabino Moshé Fainstein (Igrot Moshé Oraj Jaím 1:158) explica que el status halájico de la mujer se asemeja al de quien se muda a un sitio en el cual la costumbre es completamente diferente a la que él trae de su familia y si desea radicarse allí de modo permanente debe dejar sin efecto sus costumbres y adoptar las de su nuevo lugar de residencia (según Shulján Aruj Ioré Deá 214:2, Oraj Jaím 468:4, Mishná Berurá 14). De igual manera, una mujer al casarse es como si pasase a residir en la casa del marido de modo permanente por lo que debe seguir las costumbres de este.

Según lo antedicho, una mujer ashkenazí que se casa con un sefaradí puede comer legumbres en Pesaj y no requiere pasar por una liberación de promesas («hatarat nedarim»), pues la norma indica que ella sigue las costumbres de su marido.

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