Pninei Halajá

03 – Alimentación de bestias y animales.

Se permite parar una bestia junto a atados de hierbas para que coma de estos sin que se considere que se incurre en la prohibición de «cosechar»,  pues esta come sola y no se nos ordenó que hagamos cuidar Shabat a los animales sino únicamente se nos prohibió que trabajen para nosotros (Talmud Babilonio Tratado de Shabat 122:1, Shulján Aruj 324:13).

Se permite a la persona dar alimento y agua a una animal que se encuentra bajo su posesión y depende de él, como en el caso de vacas, gallinas y gatos. También si los animales pertenecen a otro judío se les puede dar comida y agua. Sin embargo, se prohíbe dar alimento o agua a animales que son autosuficientes, por ejemplo: abejas o palomas de palomar. Si bien darles comida no implica la realización de una labor, los sabios lo prohibieron por cuanto que se trata de un esfuerzo innecesario («Tirjá Meiuteret«) (Shulján Aruj 324:11, Be´ur Halajá ‘ויוני’).

Se permite colocar alimento frente a animales silvestres hambrientos, por ejemplo: perros o gatos carentes de dueño pues aprendimos que el Kadosh Baruj Hú se apiada de todas sus creaturas, tal como está escrito (Salmos 145:9): «y Su misericordia es para con todas Sus creaturas» por lo que es correcto que la persona imite la conducta Divina (Aruj HaShulján 324:2-3, ver Mishná Berurá 31).

Los animales entran en la categoría de «Muktzé», por lo que se prohíbe sostenerlos incluso a alguno de sus miembros. Sin embargo, de ser esto necesario, por ejemplo hacerlos llegar hasta el alimento, está permitido para evitar «sufrimiento animal» («tza´ar ba´alei jaím«), a condición de que no se eleve una parte del cuerpo del animal por encima del suelo (Shulján Aruj 308:39-40, Mishná Berurá 151).

En el caso de animales a los que se les dificulta comer si no se les introduce la comida en la boca, esto se podrá hacer a condición de que no se los alimente contra su voluntad, o sea, que no se empuje el alimento más allá de su faringe o gaznate en un sitio del cual no podrán quitarlo pues se trata de un esfuerzo innecesario (Talmud Babilonio Tratado de Shabat 155(B), Shulján Aruj 324:9-10).

En el caso de los gansos que son engordados a la fuerza, al punto que no son capaces de comer  a menos que se les empuje comida más allá de sus faringes ya que si no se procede así sufrirán de hambre, se le puede decir a un no judío que lo haga una vez sola durante el Shabat. De no haber un no judío, los juristas debatieron respecto de si un judío tiene permitido hacerlo para evitar «sufrimiento animal» (Mishná Berurá 324:27). En general es preferible no engordar gansos, pues esta acción implica para ellos sufrimiento y para el judío acarrea la trasgresión de una serie de prohibiciones (ver Be´ur Halajá allí, Shmirat Shabat Kehiljatá 27:26).

Se permite cortar alimentos para animales a los cuales se les dificulta ingerirlo no trozado, por ejemplo los calabacines que se colocan delante de las bestias, o carne no casher dura. Empero, se prohíbe cortarles alimentos que ellos pueden consumir  sin trozar, por tratarse de un esfuerzo innecesario (Shulján Aruj 324:3-8).

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