Pninei Halajá

11 – Una persona casada que no está en su hogar.

Un hombre casado que viajó solo en los días de Januca y se hospeda en lo de amigos o familiares, cumple con su deber mediante el encendido de su esposa, que se quedó en la casa. Si bien cumple con el encendido de su mujer, hay quienes opinan que no cumple con los preceptos de publicitar el milagro y contemplar las velas, por lo que debe escuchar el recitado de las bendiciones y ver las velas en lo de sus anfitriones o en la sinagoga, para participar del agradecimiento por el milagro (ver arriba capítulo 12 inciso 6).

Según la tradición ashkenazí si el viajero en cuestión quiere encender velas puede hacerlo incluso con recitado de bendiciones y es bueno que intente hacerlo antes que su mujer las encienda en su casa. Según la tradición sefaradí el viajero no habrá de encender.

Si el viajero se hospeda en un apartamento vacío o en una habitación de hotel, a pesar de que su esposa enciende en la casa, él mismo deberá encender velas donde pernocta. En este caso, según la tradición ashkenazí encenderá recitando las bendiciones mientras que según la tradición sefaradí, si se encuentra en el país encenderá las luminarias sin recitar las bendiciones mientras que si está en el exterior habrá de recitarlas.

En el caso de un soldado casado que está en su servicio de reservista no necesita encender velas pues su esposa lo hace por los dos en la casa y deberá escuchar el recitado de las bendiciones de boca del soldado que está encendiendo las velas. Si en el campamento militar no hay quien encienda velas, que lo haga él mismo. Si en la base militar no hay quien encienda velas deberá hacerlo en el comedor recitando las bendiciones pues aunque se conduzca según la tradición sefaradí es mitzvá encenderlas para el resto de los soldados que son solteros. En caso de que todos los soldados sean casados y observantes por lo que en sus respectivos hogares se encienden velas para ellos, si llegan a ser diez en número habrán de encender y recitar las bendiciones en la sinagoga.

Lo que vimos anteriormente que el casado cumple con el encendido de su mujer, es a condición que ella se quede en la casa y no se esté hospedando en otro sitio, pero si ella por ejemplo, está pernoctando en la casa de sus padres, la obligación del encendido vuelve a recaer sobre el marido y en ese caso según todas las tradiciones debe encender velas allí donde esté recitando las bendiciones.

Asimismo en el caso de una mujer que viajó, cumple con su deber mediante el encendido de su marido en la casa y deberá procurar estar presente durante el encendido en la casa de sus anfitriones. En caso de que pernocte sola en un hotel habrá de encender velas ella misma, según la tradición ashkenazi recitará las bendiciones y según la tradición sefaradí no habrá de hacerlo.

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