15- Pacientes en el hospital.

Pacientes internados en el hospital deben encender velas. Si están casados, cumplen mediante el encendido del cónyuge en el hogar. Si son jóvenes y viven en lo de sus padres, cumplen mediante el encendido de sus padres en la casa.

Según la tradición ashkenazí, si bien los pacientes quedan eximidos con el encendido de sus familiares en la casa, si quieren cumplir con mayor excelencia pueden encender velas y recitar las bendiciones (tal como se vio en el inciso 11). Según la tradición mayoritaria de los sefaradim los pacientes no deben encender (ver arriba capítulo 12 inciso 3).

Quienes encienden en el hospital, es mejor que lo hagan en su habitación que es su sitio particular, y si encienden en el comedor, cumplen con el precepto, pues a éste se lo puede considerar como parte de su hogar durante los días de estancia en el nosocomio.

De todas maneras, también pacientes exentos de la necesidad de encender velas en el hospital, pues cumplen mediante el encendido de la familia en la casa, deben intentar ver las velas encendidas y escuchar el recitado de las bendiciones durante el encendido. Esto se debe a que hay quienes opinan que si bien cumplen con el precepto del encendido mediante sus parientes en el hogar, de todas maneras no cumplen con el precepto del agradecimiento por el milagro (ver arriba capítulo 12 inciso 6). Por lo tanto deben procurar a alguien que deba encender y recitar las bendiciones, o un ashkenazí que enciende y recita bendiciones para así escucharlas. En este caso, el paciente debe poner intención de cumplir con el deber del agradecimiento, escuchando la bendición de «Al Hanisim» (por los milagros) y en la primera noche de Januca, también con la bendición de «Shehejeianu».

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