Pninei Halajá

09 – En la práctica.

En la práctica, se acostumbra a actuar conforme a la opinión más flexible, por lo que en nuestras ciudades se permite cargar siempre que haya un «Eruv» conformado por «formas de puerta o portón». Empero, cabe preguntar, si la mitad de los juristas son más estrictos y entienden que la «forma de portón» no sirve para acondicionar nuestras ciudades y transformarlas en «dominio privado» ya que poseen calles cuyo ancho excede los dieciséis codos (7.3 m.), ¿cómo es que la mayoría del pueblo de Israel siguió la opinión flexible tratándose de una duda que surge en un precepto de la Torá ante la cual corresponde adoptar la opción más estricta?

La respuesta es simple, en casos excepcionales en los cuales es muy difícil adoptar la opinión estricta, se difundió en el seno del pueblo de Israel la costumbre o praxis de acogerse a la opinión más flexible a pesar de tratarse de una duda respecto de un precepto de la Torá. De hecho es muy difícil adoptar la opinión estricta ya que quienes lo hacen tienen prohibido cargar cosa alguna en sus bolsillos, ni pañuelos ni cosas semejantes, y a veces esto es muy necesario. Según esta opinión las familias no pueden visitarse unas a otras en Shabat pues no pueden pasar por el «dominio público» con el carrito que carga al bebé, sus pañales y su biberón. Por ello, dado que la mitad de los juristas decidieron que se puede adoptar la actitud flexible, confiamos en ésta por carecer de alternativa.

Además, es necesario agregar que, en realidad, en esta discusión no se enfrentan fuerzas equivalentes pues existen otras condiciones para determinar que un área es «dominio público», y si se toman todas en cuenta resultaría que en opinión de la mayoría de los juristas nuestras calles carecen del status de «dominio público» según la Torá, por lo que el «Eruv» hecho a base de «formas de portón» habilita a cargar. Primeramente, en opinión de varios juristas, según la Torá el «dominio público» aplica únicamente cuando la calle atraviesa toda la ciudad de principio a fin en línea recta, empero si el trazado de la calle posee alguna curvatura ya no se trata del «dominio público» al que se refiere la Torá. En la mayor parte de las ciudades no hay una calle semejante y por lo tanto se puede confiar en el «Eruv» hecho a base de «formas de portón» –»tzurat hapetaj»-. Además, algunos de los juristas sostienen que el trazado cuadriculado de las calles de nuestras ciudades lleva a que todas las calles estén rodeadas por tabiques desde tres direcciones geográficas por lo que no son «dominio público» según la Torá, y por lo tanto el Eruv hecho a base de «formas de portón» habilita a que se cargue en estas (Aruj HaShulján y Jazón Ish). Además, existen otras consideraciones que permiten adoptar una actitud flexible.

Si unimos o combinamos todas las opiniones existentes resulta que de acuerdo a la mayoría de los juristas nuestras calles son consideradas «carmelit» y se puede autorizar la carga mediante un «Eruv» hecho a bases de «formas de portón».

Sin embargo, según la opinión de muchos, dado que esto se refiere a una duda respecto de un precepto de la Torá, corresponde a priori,  adoptar la opinión más estricta y no respaldarse en este tipo de solución en ciudades que poseen calles con un ancho superior a los dieciséis codos.

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