Pninei Halajá

02 – «Esquilar» y «provocar una herida» en el hombre.

Así como se prohíbe esquilar la lana de un animal, de la misma forma se prohíbe arrancar aquello que crece sobre el cuerpo del ser humano, como por ejemplo, cabellos, uñas, piel reseca y callos. Aquél que los corta en su manera habitual trasgrede una prohibición de la Torá, mientras que quien lo hace de un modo diferente («shinui«) – trasgrede una prohibición rabínica.

Por lo tanto, quien corta sus uñas mediante un instrumento – trasgrede la prohibición de la Torá, mientras que quien lo hace con sus dientes – trasgrede una prohibición rabínica (Rambám Shabat 9:8). Es correcto que la persona se acostumbre a no «comerse» las uñas, ya que amén de que no es educado, quien está acostumbrado a hacerlo podría hacerlo también en Shabat.

Asimismo, está prohibido cortar un callo. En caso de que este sea  reciente y no se haya resecado y se le corte con un instrumento – se trasgrede una prohibición de la Torá, mientras que si se lo hace de un modo diferente al habitual, con los dientes o con la mano – se trasgrede una prohibición rabínica. En caso de que el callo se haya secado y esté por caerse solo, aunque se le corte con un instrumento – se trasgrede únicamente una prohibición rabínica (Rambám allí, Shulján Aruj 340:2, Mishná Berurá 6).

Asimismo, está prohibido rascar el cuerpo y separar de este piel que comienza a descascararse. De la misma forma, está prohibido separar o retirar de los labios piel reseca, aún si se lo hace por medio de los dientes. Empero, se permite retirar pequeños trozos de piel reseca (como caspa) cuya conexión al cuerpo es ya exigua y se caen con facilidad.

Una uña que fue cortada en su mayoría, si causa dolor – se la puede retirar con la mano o los dientes. Esto se debe a que ya fue mayormente cortada y se la considera desprendida del cuerpo, por lo que la prohibición de separarla del cuerpo definitivamente es de carácter rabínico. En caso de provocar dolor, los sabios permitieron retirarla de un modo diferente al habitual (Talmud Babilonio Tratado de Shabat 94(B), Shulján Aruj 328:31, Jaiei Adam 21:4).

Está prohibido rascarse una lastimadura de modo tal que sangre, ya que se está provocando una herida (ver adelante 20:9). Si bien quien se rasca no está interesado en que su lastimadura sangre, los sabios igualmente lo prohibieron (Mishná Berurá 316:30). Asimismo, está prohibido cepillarse los dientes si muy probablemente las encías sangren. Además, está prohibido succionar y tragar la sangre que sale de los dientes (Mishná Berurá 328:147, adelante halajá 7).

Está permitido extraer una espina que se clavó en la piel si se tiene cuidado de que no salga sangre. Si la espina provoca dolor, se la puede extraer aunque se sepa que la extracción causará sangrado, ya que en este caso el sangrado está prohibido rabínicamente y los sabios no lo prohibieron por tratarse de un caso de sufrimiento tal (Mishná Berurá 328:88).

Se permite retirar la sangre que coaguló sobre una herida, ya que a la hora de hacerlo no ha de sangrar.  Aquí no se trasgrede la prohibición de esquilar. El motivo de esto es que la cascarilla no creció a partir del cuerpo sino que es sangre de la herida que al salir se secó (Shulján Aruj 328:22).

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