Pninei Halajá

01- El precepto en la Torá.

La Torá nos ordena cesar («lishbot») de nuestras labores  el séptimo día, tal como está escrito (Shemot 23:12): «Seis días habrás de hacer tus trabajos, empero en el séptimo habrás de cesar». Todo aquel que realiza en Shabat una labor, además de haber omitido un precepto positivo trasgredió uno restrictivo, tal como está escrito (Shemot 20:10): «Empero el día séptimo es Shabat, para HaShem tu D´s; no harás trabajo alguno». En caso de que una persona profanó el Shabat realizando una labor, si fue advertido por testigos presenciales e hizo caso omiso – es pasible de pena de muerte por lapidación, y si trasgredió exprofeso sin testigos presenciales – merece la pena de «Caret«[1], tal como está escrito (Shemot 31:14): «Habréis de observar el Shabat pues sagrado es para vosotros; cualquiera que lo profanare, morir habrá de ser muerto, ya que todo el que hiciere en él trabajo, será truncada aquella persona de en medio de sus congéneres». Ahora bien, si realizó la labor involuntariamente debe traer al Templo una ofrenda expiatoria de «jatat» (Rambám Shabat 1:1, arriba cap. inciso 14).

Si bien es preceptivo cesar de toda labor, la Torá menciona explícitamente cuatro de estas, a saber: arar, cosechar, encender fuego y salir del dominio/transportar/cargar («Hotzaá»). En el caso del arado y la cosecha, está escrito en Shemot 34:21: «Seis días trabajarás y en el séptimo descansarás tanto de la siembra como de la cosecha». De esto aprendemos que en Shabat debemos cesar incluso de labores de las cuales depende la existencia humana como lo es la producción de alimentos (Ibn Ezra y Rambán). Además, se menciona la labor del encendido de fuego tal como está escrito (Shemot 35:3): «No encenderéis fuego en vuestras moradas el día sábado». Nuestros sabios nos enseñan que esta labor fue explícitamente mencionada para enseñarnos que por cada labor trasgredida existe una pena separada, esto implica que si alguien realizó involuntariamente dos labores distintas en Shabat debe traer dos ofrendas expiatorias al Templo (Talmud Babilonio Tratado de Shabat 70(A) de acuerdo a la opinión de Rabí Natán y ver adelante cap. 16 inciso 1). Asimismo, la Torá recuerda la labor de salir del dominio tal como está escrito (Shemot 16:29): «Permanezca entonces cada cual en su lugar en el séptimo día». Esta labor fue explícitamente mencionada para que aprendamos que a pesar de que una labor parece sencilla pues no genera cambios en la materia prima o en objeto alguno, está prohibida su realización (ver adelante cap. 21 inciso 1).

La Torá prohibió la realización de labores, siendo la intención del vocablo «labores»- «Melajot» aquellas de índole creativa, tales como las empleadas durante la construcción del Tabernáculo o Santuario Móvil («Mishkán») en el desierto. Sin embargo, labores que no tienen un carácter creativo, por más que impliquen un pesado esfuerzo físico no fueron prohibidas. Por ejemplo, está prohibido transportar una aguja del dominio privado al dominio público por considerarse labor, mientras que mover sillas y mesas dentro del mismo dominio no se considera labor. Calentar en Shabat alimentos ya cocinados está permitido y no se considera labor, mientras que cocinar sí lo es (ver cap. 10 inciso 2). Colocar una ventana aunque resulte liviano y sencillo es considerado una labor, mientras que abrirla o cerrarla no lo es (ver cap. 15 inciso 3). Asimismo, colocarle una pata a la mesa es considerado labor, pero agrandar la misma mesa agregándole la tabla que viene diseñada para ese propósito no lo es (ver cap. 15 inciso 7).

De las labores de construcción del Tabernáculo aprendemos una regla básica, y es que así como éste fue construido con planificación e intención tal como está escrito (Shemot 35:33): «para realizar toda labor de diseño» («melejet majashevet«), de la misma manera en Shabat se prohíben las labores que se realizan intencionadamente. Empero, quien realiza una labor de un modo diferente al habitual («shinui«), sin intención, sin necesidad de ella («le tzorej gufá«), sin procurar construir o reparar o sin intención de que el objeto perdure, no trasgredió el precepto de la Torá pues no realizó una labor planificada («melejet majashevet«). Sin embargo, todas estas acciones antes mencionadas están prohibidas por decreto rabínico (ver adelante incisos 3-8). Respecto de esto, nuestros sabios de la Mishná dijeron (Tratado de Jaguigá 1:8) que las leyes del Shabat se parecen a montañas que penden de un cabello, pues la base escrituraria es escasa (en la Torá) y las halajot son numerosas». Esto obedece a que sobre el estudio de las labores necesarias para la erección del tabernáculo se compilaron gran cantidad de halajot.

Existen numerosos análisis respecto de las cantidades y las medidas, por ejemplo, en las labores vinculadas a la preparación de alimentos.  Si se trasgrede al cocinar una cantidad equivalente a un dátil o «grogueret» – de haber intención se paga con la vida y de ser no intencional se trae ofrenda expiatoria al Templo; empero si se cocina menos se está exento de pena. En labores tales como arar, sembrar, segar y construir, aunque se haya realizado una cantidad ínfima – se es pasible de pena.  A los efectos de no explayarnos en demasía, nos ocuparemos de la elucidación práctica de lo permitido y prohibido que es lo más necesario.


[1].  Esta pena tiene múltiples interpretaciones que van desde muerte a una edad más temprana que la que se le adjudicó a vivir a la persona al venir al mundo, distancia de la Divinidad en el más allá o muerte espiritual y separación del alma en cuestión del resto de las almas del pueblo de Israel entre otras (n. de t.)

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