Pninei Halajá

11. Un cohen que mató no puede bendecir a la congregación.

Un cohen que mató a una persona no puede recitar la bendición sacerdotal, tal como está escrito (Isaías 1:15): «Y cuando extendéis vuestras manos hacia lo alto, habré de ocultar Mis ojos de vosotros…vuestras manos llenas están de sangre» (Talmud Babilonio Tratado de Berajot 32(B)). Esto implica que solamente manos limpias de sangre son aptas para la bendición sacerdotal. Esto se asemeja al altar de sacrificios, el cual no podía ser construido cortando sus piedras mediante utensilios de hierro por cuanto que ese metal se emplea para acortar la vida del hombre mientras que el altar tiene por cometido hacer la paz y prolongar sus días. Por lo tanto, un cohen cuyas manos están manchadas de sangre no puede bendecir a la congregación e influir paz, gracia y abundancia sobre el pueblo de Israel. El rol del cohen es incrementar la vida y la generosidad, tal como Aharón Hacohen que amaba la paz y la perseguía; por lo tanto un cohen que mató, atentó contra su carácter de tal.

En opinión del Shulján Aruj (Oraj Jaím 128:35) el arrepentimiento o retorno no sirven en el caso de un cohen que asesinó, aunque el asesinato haya sido involuntario. Esto se debe a que en este caso el ángel fiscal o acusador no se transforma en defensor y las manos que mataron no podrán bendecir a la congregación nunca más.

Empero en opinión de Ramá, si el cohen se arrepiente y retorna por completo, acudiendo a un sabio para que éste le indique un «seder teshuvá» o un plan de retorno y arrepentimiento que incluya ayunos y buenas acciones, podrá volver a bendecir a la congregación. Esto se debe a que quien se arrepiente y retorna se transforma en  una nueva persona, por lo que aunque haya asesinado intencionalmente, si su arrepentimiento y retorno son sinceros puede volver a bendecir.

Existe una opinión intermedia que sostiene que un cohen que asesinó involuntariamente y se ha arrepentido con integridad  y retorna, puede bendecir a la congregación.  Empero si asesinó premeditadamente no lo podrá hacer (Prí Jadash, Eliahu Rabá,Beur Halajá 128:35).

En la práctica, un cohen que asesinó voluntaria o involuntariamente deberá acudir a su maestro para que le indique un plan de arrepentimiento y retorno y decida si más adelante podrá volver a bendecir a la congregación o no.

Un cohen que, involuntariamente, atropella a alguien mortalmente, no podrá recitar la bendición sacerdotal. Los juristas debatieron respecto de si el arrepentimiento y el retorno habilitan o no para volver a bendecir. Empero si no fue negligente al manejar y por ejemplo, repentinamente un niño saltó sobre su auto en movimiento sin darle chance a frenar, no se lo considera como asesino no intencional  sino como a quien mató por razones de fuerza mayor. Por lo tanto, según todas las opiniones, esta persona podrá acudir a un sabio para que le indique cómo arrepentirse y retornar, para luego volver a pasar a la tarima a bendecir a la congregación (Iejavé Daat 5:16).

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