Pninei Halajá

05) Lavado de manos previo a la ingestión de un alimento sumergido en líquido

En el marco del decreto de lavar las manos antes de comer pan, nuestros sabios estipularon que se laven las manos antes de ingerir un alimento que está sumergido en un líquido. No hemos de explayarnos en detalle sobre todas las leyes de esta cuestión, solamente mencionaremos que el agua o cualquiera de los siete líquidos (vino, miel, aceite, leche, rocío, sangre y agua) causan que la impureza se transfiera y se incremente. Por ello, nuestros sabios establecieron que todo aquel que ingiere una fruta o un alimento portador de humedad proveniente de alguno de los siete líquidos antes mencionados deberá lavar sus manos para purificarlas, pues de no hacerlo, las manos estarán impurificando el fruto o el alimento a consumir.

Según la opinión mayoritaria de los juristas, incluso hoy en día que no están vigentes o no se aplican las reglas de pureza e impureza, es necesario abluir las manos antes de consumir un alimento embebido en alguno de los siete líquidos. De igual manera, según las opiniones de Rambám, Rashí, Rabenu Ioná, Rosh y otros juristas, la regla respecto de la ingestión de un alimento embebido en líquido sigue en pie también en nuestros días.

Sin embargo, según las opiniones del Maharam de Rotenburg, el Baal HaYtur y Tosafot (Pesajim 115(A)) existe una diferencia entre las abluciones de manos, pues la previa a la ingestión del pan fue establecida también en aras de incrementar la santidad y la higiene y por ello en nuestros días debemos santificar nuestras manos e higienizarlas antes de la comida. Empero la regla de la ablución de manos previo a ingerir un alimento sumergido o embebido en líquido es solamente una medida que viene a reforzar el cumplimiento de la purificación previa a la ingestión de sus ofrendas o presentes por parte de los cohanim («Seraj terumá»), y dado que hoy en día las reglas de pureza e impureza no se aplican, esta ablución ya no es necesaria.

La mayoría de los juristas de las últimas generaciones sentenciaron que la halajá final debe ser conforme la opinión mayoritaria de los eruditos medievales o rishonim, por lo que se debe lavar las manos previo a ingerir un alimento sumergido o embebido en uno de los siete líquidos antes mencionados. Empero, dado que hay autoridades que adoptan a este respecto una actitud más flexible, la ablución no es acompañada del recitado de la bendición correspondiente (Shulján Aruj 158:4, Mishná Berurá 158:20). Según esto, quien por ejemplo come uvas o manzanas que tienen todavía gotas de agua que quedaron de su lavado, es necesario que abluya sus manos sin recitar la bendición previo a ingerirlas.

Sin embargo, en la práctica, muchos acostumbran a no lavar sus manos antes de ingerir un alimento sumergido o embebido en líquido. Algunos juristas (Divrei Jamudot, Maguén Abraham 158:8) escribieron que quienes así proceden tienen en quien respaldarse por cuanto que el lavado de manos es un precepto de origen rabínico y como en cualquier caso de duda respecto de un precepto rabínico, también en este caso, la halajá se sentencia de acuerdo con la opinión más flexible.

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