Pninei Halajá

13. El caso de una paciente oncológica que queda embarazada

Una mujer embarazada que padece de cáncer puede abortar porque la gestación le provoca una expansión más rápida de la enfermedad en su cuerpo. Aunque la interrupción del embarazo no salve su vida sino solamente enlentezca el ritmo de expansión y prolongue su vida en unos meses, se permite abortar pues su vida antecede a la del feto. La vida provisoria de la madre también es de importancia, la prueba de esto es que se profana el Shabat para prolongar la vida de un enfermo que agoniza (Sheilat Ieshurún 39). Consideramos que los juristas más estrictos han de proceder de igual manera, y aunque hay quienes entienden que inclusive en un caso así no debe abortar de manera directa – puede llevar a cabo los tratamientos de quimioterapia regulares los cuales indirectamente causarán la interrupción del embarazo (ver Nishmat Abraham Joshen Mishpat 625:1:15).

Sin embargo, en caso de que el paciente así lo desee, podrá continuar con el embarazo aunque este acelere el advenimiento de su fallecimiento. Si bien es deber de todo ser humano hacer todo lo posible por prolongar su propia vida, en este caso el objetivo de la paciente es otorgarle vida al feto que lleva en sus entrañas por lo que podrá continuar con el embarazo (Tzitz Eliezer 9:51:3).

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