Pninei Halajá

11. Embarazo no planificado y sospecha de embarazo fruto de una violación

Una mujer no casada que se embaraza de manera imprevista no puede abortar, por cuanto que el feto está sano y entero y por ende no se lo puede afectar. Sin embargo, en caso de premura o emergencia, si el embarazo habrá de causarle a la mujer en cuestión grandes dificultades sicológicas, se permite flexibilizar antes de concluidos los primeros cuarenta días. Esto se debe a lo que ya estudiamos en cuanto a que  según la opinión mayoritaria de los juristas, antes de concluidos los primeros cuarenta días aún no se conformaron los órganos del feto por lo que no recae sobre éste la normativa del embrión (halajá 4). Es procedente realizar el aborto en cuestión mediante la ingestión de píldoras y similares, pues de esa manera el aborto se realiza de manera indirecta y la gravedad de la prohibición disminuye (halajá 7).

Una vez que pasó el día cuarenta y uno desde la gestación, aunque el embarazo cause dificultades sicológicas estará prohibido abortarlo. Asimismo, si la mujer embarazada sabe que no podrá hacerse cargo del bebé por efecto de la vergüenza pública o dificultades económicas, no podrá abortarlo sino que habrá de entregarlo en adopción. Esto se debe a que según la opinión más flexible el permiso de abortar se concede cuando el feto está enfermo y su vida habrá de ser un constante sufrimiento, pero en este caso el feto es sano por lo que no se permite interrumpir el embarazo. Es sabido que hay muchas buenas personas interesadas en adoptar bebés para que puedan así gozar de una buena vida. Empero, cuando se trata de una muchacha joven y en opinión de sus padres y educadores de no interrumpir el embarazo habrá de salirse de su senda y se le hará muy difícil formar un buen hogar judío, hay lugar para consultar a un erudito.

En la práctica, no es necesario llegar a tal consulta, pues la solución sencilla es que en el caso de una adolescente o una mujer que fue violada o seducida debe acudir de inmediato a un médico que le recete una píldora que evite el embarazo dentro de los tres días posteriores al suceso. Un dispositivo intrauterino que se coloca el día posterior a la violación puede evitar el embarazo. Consideramos que según todas las opiniones una mujer violada puede recurrir a estos paliativos, pues no se está matando un feto sino únicamente evitando un embarazo. Esta es una buena oportunidad para recordar nuevamente la importancia de que la relación entre madres e hijas sea abierta y fluída, para que en casos de este tipo la hija recurra de inmediato a la ayuda de su madre.

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