Pninei Halajá

08- Exprimir frutas.

Quien exprime una fruta para extraer de esta su jugo, trasgrede la prohibición de separar («mefarek») que es derivación de la labor de trillar («dash»). La labor de trillar consiste en separar los granos de trigo de las espigas, y al exprimir una fruta se separa («mefarek») el jugo de la misma. La prohibición de la Torá se refiere a exprimir o prensar aceitunas para la obtención de aceite o uvas para la elaboración de vino. Por cuanto que son líquidos importantes, la mayoría de estas frutas está destinada a ser exprimidas o prensadas, empero, en el caso de las demás frutas que su uso fundamental no es en formato líquido sino sólido, la prohibición de exprimirlas será de origen rabínico.
La prohibición de exprimir aplica cuando el objetivo es extraer el zumo de la fruta a los efectos de beberlo; empero, si el objetivo es saborizar el guisado se podrán exprimir distintas frutas sobre éste, ya que en este caso el exprimido no genera un líquido sino que transfiere el zumo de un alimento a otro. Por lo tanto, se permite exprimir uvas en un guisado, jugo de limón sobre una ensalada de verduras y jugo de naranja sobre zanahoria rallada. Asimismo, se permite exprimir limón sobre pescado frito aunque las gotas no se han de absorber en el alimento, pero como están destinadas a saborizarlo se las considera secundarias y parte misma del pescado en cuestión (Shulján Aruj 320:4, Shmirat Shabat Kehiljata 5 nota 15).
Quien quiera exprimir un limón a los efectos de preparar una limonada, no habrá de exprimirlo sobre un recipiente vacío o sobre agua sino que habrá de exprimirlo sobre azúcar, de modo tal que todo el zumo sea absorbido por esta y entonces pase de alimento en alimento, sin trasgredir prohibición alguna.
Alimentos que al ser cocinados absorbieron mucho aceite o diferentes embutidos que absorbieron mucho líquido, se los puede exprimir para mejorar su sabor retirando el líquido excedente. Asimismo, se los puede exprimir sobre otro alimento. Sin embargo, si se tiene interés específico en el líquido extraído estará prohibido exprimirlos (Shulján Aruj 320:7).
Está permitido trozar un pomelo o toronja para comerlo con una cucharita. Si bien al hacerlo se desprenden líquidos de la fruta, dado que la mayor parte permanece en su interior – no se trasgrede ninguna prohibición. Asimismo, está permitido cortar frutas para preparar una ensalada; y si bien el picado causa que se desprendan líquidos no se trasgrede prohibición alguna, por cuanto que el desprendimiento no es intencional y la mayor parte del zumo permanece dentro del o junto al fruto. Si tras finalizar la ingestión de la ensalada de frutas o del pomelo o toronja queda algo de zumo en el fondo del plato – se lo podrá beber.

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