Pninei Halajá

04 – Préstamo y regalo.

Tal como se prohíbe comprar y vender en Shabat, se prohíbe también prestar o cobrar una deuda, ya que en esos casos se acostumbra a anotar en documentos y se teme que las personas terminen escribiendo. Por lo tanto, quien necesite pedir a su amigo algún tipo de alimento, vestimenta o silla para el Shabat, habrá de hacerlo mediante una expresión que indique que se trata de un «préstamo» ya que no se acostumbra anotar objetos prestados. Si se trata de un idioma (como el español n. de t.) en el cual no hay diferenciación, como en el hebreo, entre un préstamo de dinero («halvaá») y el préstamo de un objeto («hash´alá») se deberá decir «dame» y no «préstame». Si quien presta teme que quien pidió olvide devolver el objeto en cuestión, podrá pedirle que le deje otro objeto, mas no dirá que se trata de una garantía como se acostumbra a hacer en los días de la semana (Talmud Babilonio Tratado  de Shabat 148(A), Ramá 307:11). Si quien pidió se equivocó y dijo «préstame» (halvaá, esto es, préstamo de dinero) se le habrá de responder que está prohibido realizar un «préstamo» económico en Shabat pero que le podrán «dar prestado» (en el sentido de «hash´alá»)  el objeto (Shulján Shlomó 307:15:2).

Según la opinión de algunos juristas está prohibido entregar o recibir regalos en Shabat, ya que al momento de realizarse el obsequio el objeto  pasa del dominio de quien entrega al de quien lo recibe, lo cual se asemeja a una compra-venta (Maguén Abraham 306:15, Birjei Iosef 7, Mishná Berurá 33). Otros juristas consideran que se puede entregar un presente en Shabat pues no se firman documentos a la hora de hacerlo (Beit Meir según Rif y Rambám). A priori, se actúa conforme a la opinión más estricta y no se entregan presentes en Shabat, empero, en caso de necesidad, si es para cumplir con un precepto, todos coinciden que se puede (Shulján Aruj Oraj Jaím 658:3-4). Por lo tanto, se permite obsequiar en Shabat recipientes o alimentos necesarios para la comida sabática (Mishná Berurá 306:33). Asimismo, se permite entregar premios a niños que participaron del estudio de la Torá, pues estimularlos a hacerlo se considera una necesidad para el cumplimiento de un precepto.

En el caso de quien quiera entregar un regalo de Bar Mitzvá en Shabat, es mejor que haga la acción de «kinián»[1] antes de que el Shabat inicie. Esto es, se le pide a una persona que eleve el regalo (lo tome con sus manos y lo eleve) y de esa forma convertirlo en propiedad del homenajeado antes de entrar Shabat (como si lo estuviera adquiriendo para el joven Bar Mitzvá). En Shabat, se le hace entrega del objeto que ya le pertenecía desde la víspera. De no hacerse así, se puede depositar el regalo en custodia hasta que concluya el Shabat, y entonces el obsequiado hace posesión del mismo (Shmirat Shabat Kehiljatá 29:31). Hay quienes adoptan una actitud más flexible y entregan al homenajeado un presente pues alegrarlo contiene un cierto elemento preceptivo (Eliahu Rabá y Jatam Sofer). En caso de necesidad se puede confiar en estas opiniones (Sridei Esh 2:26).

Se prohíbe realizar en Shabat  un sorteo que defina quién habrá de recibir una porción determinada de comida ya que cada uno quiere recibir la más grande y la más sabrosa, y por ende se teme que se llegue a mencionar el precio de la misma así como a medirla y pesarla. Además, el sorteo implica trasgredir la prohibición de jugar a los dados. Cuando las porciones no son de idéntico precio no se permite sortearlas ni siquiera entre los residentes de la casa. Empero si las diferentes porciones son de precio idéntico, los miembros de la familia pueden sortearlos (Talmud Babilonio Tratado de Shabat 148(B), 149(A), Shulján Aruj 322:6, adelante 22:8). Se permite sortear el honor de subir a la Torá o recitar Kadish pues no hay aquí nada que requiera cálculo o medida (Mishná Berurá 322:24).


[1].  Acto legal que define y concluye una compra-venta. Hay que saber que según la halajá ninguna transacción comercial puede cerrarse sin un acto físico que la concluya (el tipo del acto dependerá de diversos factores). El «kinián» se utiliza para legalizar un compromiso o para designar un emisario (shlijut, cuando se realiza el kinián de shlijut el emisario no será un simple intermediario, sino que actuará como si fuera la misma persona que lo designó). Es necesario que quien efectúa un kinián tenga determinada edad y posea una capacidad de entendimiento mínima (n. de e.).

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