Pninei Halajá

17 – Tocar instrumentos musicales y emitir sonidos.

Nuestros sabios prohibieron tocar instrumentos musicales en Shabat o Yom Tov por temor a que, por error, ocurra un desperfecto y sea reparado trasgrediendo así la prohibición de la Torá (Rambám Shabat 23:4). Sin embargo, en el Templo de Jerusalém las prohibiciones sabáticas de los sabios («Shvut») no tenían efecto, por lo que mientras se sacrificaban las ofrendas tanto en Shabat como Yom Tov, se tocaban flautas, arpas, liras, trompetas y címbalos (Talmud Babilonio Tratado de Beitzá 11(B)).

En el marco de la prohibición de tocar instrumentos musicales se prohíbe también tocar el Shofar en Shabat. Incluso en Rosh Hashaná que cae en día de la semana, tras cumplir con el precepto en todos sus detalles, no se lo toca más. En el caso de niños por debajo de los trece años de edad, se puede tocar el Shofar todo el día para que aprendan a hacerlo (Ramá 596:1, Mishná Berurá 3-5).

Se permite emitir sonidos no musicales con utensilios o con las manos; por lo tanto, se puede aplaudir para llamar la atención de un amigo golpear la puerta con la mano o un utensilio para que los residentes en la casa escuchen y la abran. Asimismo, se permite golpear un vaso o una botella con la palma de la mano a los efectos de pedir silencio a los presentes,   hacer sonido mediante los dedos gordo y mayor para despertar a un amigo o hacer reír a un bebé (Shulján Aruj 338:1).

Los juristas debatieron respecto de si una persona puede tocar un timbre manual, hacer sonar una campana o golpear la puerta con la argolla de metal que viene incorporada a esta para que le abran. Hay juristas que lo prohíben pues emitir esos sonidos se asemeja a tocar instrumentos musicales (Ramá) y hay quienes lo permiten por cuanto que no se tiene la intención de hacer música (Shulján Aruj 338:1). Si en los días hábiles se utiliza timbre eléctrico, en Shabat se permite usar campana no eléctrica o un objeto que golpea la puerta (Mishná Berurá 338:7).

Se permite colocar sobre un Sefer Torá una corona que posee campanillas  aunque estas emitan sonido. Dado que la intención principal de estas es adornar y honrar al rollo de la Torá lo cual es una necesidad preceptiva y quien porta el Sefer no tiene la intención de hacerlo sonar – esto no se prohíbe (Siftei Cohen y Maguén Abraham a diferencia del Turei Zahav).

Hay juristas que prohíben abrir una puerta conectada a campanas por tratarse estas de instrumentos musicales (Turei Zahav y Eliahu Rabá). Hay juristas que sí lo permiten pues quien entra no tiene la intención de generar el sonido sino de abrir la puerta (Maguén Abraham). A priori, es correcto retirar las campanas de la puerta antes de Shabat, y si no se retiraron se podrá igualmente ingresar por esa puerta (ver Mishná Berurá 338:6).

Se permite silbar pues se considera como un sonido que se emite a partir de la boca y no como el toque de un instrumento musical; hay incluso quienes permiten también usar los dedos para hacerlo (Aruj HaShulján 338:7). (Respecto de juguetes que emiten sonidos ver adelante 24:7).

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